Ante la posibilidad del ingreso de una persona ya vacunada, se han definido los requisitos ya que en ese caso no necesitan prueba de Covid-19.
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La Dirección General de Aeronáutica (DGAC) definió el procedimiento de ingreso al país, en el contexto de la pandemia de Covid-19. Y es que ante el avance de la vacunación en algunos países internacionales, se puede dar el caso del ingreso de una persona ya vacunada.
Hasta el momento, se exigía que todas las personas mayores a los diez años trajeran consigo una prueba negativa de antígeno o PCR que certificara que habían dado negativo al menos con tres días de diferencia.
En el caso de un paciente que ya recibió la vacuna Covid-19, presentar la constancia de las dos dosis, la segunda recibida dos semanas antes de iniciar el viaje.
Pacientes Covid-19
Para quienes hayan padecido Covid-19 en los anteriores tres meses al momento de su arribo al país, deben presentar un certificado médico con la fecha de diagnóstico, incluyendo la prueba negativa o de recuperación del pasajero.
Esta última prueba deberá ser con un mínimo de 10 días después de haber sido diagnosticado negativo.
Viajes de emergencia
La DGAC explicó que si por situaciones de emergencia o hubo fallo en la entrega de la prueba, el pasajero podrá abordar pero será reportado a las autoridades de Salud para realizar la prueba antes de salir del Aeropuerto.
Además, debe llenar el formulario del ministerio de salud en https://servicios.igm.gob.gt/pasedesalud/.
El uso de mascarilla sigue siendo obligatorio para niños mayores de 2 años.

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