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Los niños no tendrán pasaporte de 10 años por estas razones

  • Por Jessica Gramajo
07 de mayo de 2022, 11:52
El pasaporte tendrá vigencia para 10 años, pero habrá algunas excepciones. (Foto: Archivo/Soy502)

El pasaporte tendrá vigencia para 10 años, pero habrá algunas excepciones. (Foto: Archivo/Soy502)

El Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) amplió la vigencia del pasaporte a 10 años, pero los menores de edad no podrán acceder a este beneficio.

EN CONTEXTO: Pasaporte tendrá vigencia de 10 años

Debido a las críticas por los retrasos y largo tiempo de espera para obtener una cita para renovar el pasaporte, el IGM autorizó ampliar la vigencia del documento a 10 años, para quienes lo deseen.

Sin embargo, la medida no aplicará para todos, ya que los pasaportes para niños y adolescentes seguirán con un límite de cinco años.

De acuerdo con el IGM, la decisión se tomó debido a las etapas de desarrollo de los niños y adolescentes, específicamente lo relacionado con sus rasgos físicos, los cuales cambian constantemente según sus etapas de crecimiento.

Para los menores de edad, continuará la vigencia máxima de 5 años y tendrá un costo de 50 dólares, es decir, unos 384 quetzales.

Requisitos para tramitar el pasaporte a niños

Si quieres viajar junto a tus hijos y tu pareja, estos son los requisitos para tramitar el pasaporte a los menores de edad:

  1. Llenar el formulario de solicitud que lo entregan en el IGM el día que se presente a la cita programada.
  2. Presentar certificado de nacimiento del niño.
  3. Llevar original y copia del documento de identificación de ambos padres.
  4. Comprobante de pago por 50 dólares en los bancos autorizados.
  5. Certificación de la cita generada en el sitio web del IGM.

Si viaja sólo con uno de los padres, deben de presentar documentación que acredite la razón del viaje con uno de los progenitores, o bien, el testimonio de la escritura pública de mandato especial con razón de registro del Registro Electrónico de Poderes del Archivo General de Protocolos.

Si uno de los padres perdió la patria potestad, deberán presentar la certificación; o bien el certificado de defunción en caso de fallecimiento.

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