Principales Indicadores Económicos

Doce puntos que debes saber de la Ley de Tarjetas de Crédito

  • Por Soy502
08 de diciembre de 2015, 12:54
La normativa cobrará vigencia a partir del 8 de marzo de 2016. (Foto Información Profesional Sistematizada Argentina)

La normativa cobrará vigencia a partir del 8 de marzo de 2016. (Foto Información Profesional Sistematizada Argentina)

La nueva Ley de Tarjetas de Crédito, que regulará la tasa de interés anual y la manera como efectúan los cobros los emisores de este tipo de documentos, ya fue publicada en el Diario Oficial y cobrará vigencia en marzo de 2016, por ello, te la resumimos en 12 puntos.

  1. Se deberá firmar un contrato entre emisor y tarjetahabiente que contemple, entre otras cosas, las tasas de interés, tarifas por comisiones, fecha de corte y pago mínimo. El documento deberá ser de fácil lectura y comprensión.
  2. El límite de crédito no deberá exceder el doble de los ingresos mensuales del usuario de la tarjeta.
  3. Además de la evaluación inicial, el emisor deberá dar seguimiento a la evolución de la capacidad de pago del tarjetahabiente mientras mantenga el financiamiento.
  4. Cuando la deuda llegue al 150 por ciento de la capacidad de pago del usuario, la compañía emisora deberá reestructurar la deuda en un plazo no mayor a 15 días hábiles.
  5. La tasa de interés no será mayor del doble del último valor de la tasa anual activa promedio ponderada del sistema bancario que se publica mensualmente. 
  6. Los intereses por financiamiento no podrán capitalizarse. 
  7. La entidad emisora no podrá disponer de los fondos monetarios o de ahorro del tarjetahabiente para el pago de las deudas, sin su autorización o una orden judicial. 
  8. La fecha límite de pago de la tarjeta podrá ser modificada en caso de asueto o feriado, bajo común acuerdo de los involucrados
  9. Los comercios afiliados no podrán aplicar recargos por la adquisición de bienes o servicios con tarjeta de crédito.
  10. Se añade al Código Penal el delito de estafa por medio de tarjeta de crédito o débito que contempla hasta 10 años de prisión y una multa de 150 mil a 500 mil quetzales.
  11. Los emisores deberán implementar anualmente programas de educación financiera dirigidos a los tarjetahabientes.
  12. Se prohíbe al acreedor o agente de cobranzas que oprima, moleste o abuse a una persona de “manera insistente y repetitiva” por el cobro de una deuda.
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