El MP solicitó el retiro de antejuicio contra el registrador de Ciudadanos del TSE, pero ¿a quién le corresponde desarrollar ese proceso?
EN CONTEXTO: Piden antejuicio contra director del Registro de Ciudadanos del TSE
La Fiscalía de Delitos Electorales, del Ministerio Público (MP), pidió el retiro de inmunidad contra el director del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Ramiro José Muñoz Jordán, a quien señala de abuso de autoridad con propósito electoral e incumplimiento de deberes.
Según el expediente presentado ante la oficina de Gestión Penal de la Torre de Tribunales, el MP busca que se determine la formación de causa respecto a la posible comisión de los citados delitos para iniciar con la investigación correspondiente.
De acuerdo con lo planteado por la Fiscalía, mediante pesquisas preliminares se pudo advertir que Muñoz Jordán, abusando de su cargo en el TSE, "posiblemente incurrió en actos ilícitos al inscribir de manera anómala al partido político Prosperidad Ciudadana".
Cabe resaltar que esta es la agrupación que, según sus propias palabras, "dio jalón" a Carlos Pineda durante el actual proceso electoral. Sin embargo, no logró competir, por presuntos hallazgos de anomalías en su inscripción.
El proceso
Ahora, para poder indagar si el registrador de Ciudadanos del TSE cometió alguna ilegalidad, se debe retirar la inmunidad que le concede su puesto. Es por ello que el MP presentó la solicitud correspondiente ante el Organismo Judicial.
En el artículo 293 del Código Procesal Penal se norma ese procedimiento. En ese apartado se indica que el ente investigador debe entregar un "informe de las razones que justifican el pedido y las actuaciones originales. En lo demás se regirá por la Constitución de la República y leyes especiales".
Según el artículo 14 de la Ley en Materia de Antejuicio, en este caso, corresponde a la Corte Suprema de Justicia analizar el expediente y desarrollar las diligencias pertinentes para determinar si se retira la inmunidad al funcionario.
El primer paso para llegar a esa decisión es el nombramiento de un juez pesquisidor, quien deberá desarrollar diversas audiencias para escuchar los argumentos de la partes involucradas.
Posteriormente, tendrá que emitir un informe en el que recomiende o no la formación de causa contra el funcionario señalado, en este caso, el jefe del Registro de Ciudadanos del TSE.
¿Qué es el antejuicio?
El antejuicio es un derecho inherente al cargo, del cual gozan distintos funcionarios, así como el Presidente de la República. Su objeto es que estas personas no sufran persecuciones penales por el desarrollo de las labores que les competen o las decisiones que tomen en ese marco.
El beneficio termina cuando el dignatario o funcionario público cesa en el ejercicio del puesto o cuando, tras el proceso respectivo, se determina que hay elementos suficientes para que se someta a una investigación, igual que cualquier ciudadano.