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Se acerca el final político de Lider, PRI y MNR

  • Por Soy502
06 de abril de 2016, 10:15
El partido Lider estuvo durante toda la campaña violando la Ley Electoral pero no fue suspendido durante el proceso. (Foto: Archivo/Soy502)

El partido Lider estuvo durante toda la campaña violando la Ley Electoral pero no fue suspendido durante el proceso. (Foto: Archivo/Soy502)

Después del proceso electoral, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) instruyó al Registro de Ciudadanos la que inicie el proceso de cancelación de tres organizaciones que entraron en contienda. En las próximas semanas el partido Libertad Democrática Renovada (Lider), el Partido Republicano Institucional (PRI) y el Movimiento Nueva República (MNR) serán cosa del pasado.

Las organizaciones aún no han sido notificadas ya que, como explicó el director del Registro, Leopoldo Guerra, está a la espera de que le envíen unos antecedentes que aparecen en la resolución del tribunal.

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Posted by Manuel Antonio Baldizón on martes, 16 de febrero de 2016

"En cuanto se reciba la información los partidos recibirán la notificación de la causa de la suspensión", explicó Guerra.

Luis Fernando Pérez no pudo renovar su curul en el Congreso. (Foto: Jesús Alfonso/Spy502)
Luis Fernando Pérez no pudo renovar su curul en el Congreso. (Foto: Jesús Alfonso/Spy502)

En el caso de Lider, que se quedó tercero en las votaciones presidenciales, la suspensión procede por las numerosas violaciones a la ley. Los otros dos porque no alcanzaron el mínimo de votos y ningún diputado en el Congreso.

El proceso

Según aparece en la Ley Electoral y de Partidos Políticos en su artículo 94, el Registro deberá correr audiencia al partido afectado por un plazo de 30 días hábiles.

En ese plazo el partido podrá ofrecer pruebas de descargo correspondientes. Si así fuera el Registro abrirá a prueba el proceso por un nuevo plazo de 30 días hábiles.

"No creo que vayan a pedir apertura a prueba", señaló el director.

Al término, el Registro deberá resolver en los próximos días y el partido aún tendrá posibilidad de interponer un recurso de apelación ante el pleno de magistrados.

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