Principales Indicadores Económicos

10 puntos para comprender los cambios propuestos a la Ley Electoral

  • Por Jessica Gramajo
05 de septiembre de 2022, 05:00
La Comisión de Asuntos Electorales busca realizar cambios de fondo a la Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala. (Foto: Archivo/Soy502)

La Comisión de Asuntos Electorales busca realizar cambios de fondo a la Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala. (Foto: Archivo/Soy502)

Desde elevar el techo de campaña, hasta reducir las multas a los partidos políticos, son algunos de los cambios que buscan hacerle los diputados oficialistas y sus aliados a la Ley Electoral.

EN CONTEXTO:  Partidos podrían gastar más en campaña con nuevas reformas a Ley Electoral

Solo cinco meses faltan para que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) convoque a las Elecciones Generales de 2023, pese a ello, la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso pretende realizar reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos y estos son los cambios más importantes.

1. Empadronamiento y padrón electoral

En esta propuesta se plantea que el número de empadronamiento sea el mismo que el Código Único de Identificación (CUI) y que las personas queden empadronadas desde que tramitan su primer Documento Personal de Identificación (DPI) o cuando lo renueven por vencimiento, pérdida o robo. Mientras que el Registro Nacional de Personas (Renap) deberá informar de inmediato al Registro de Ciudadanos el fallecimiento de un ciudadano para que sea eliminado del padrón electoral.

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(Foto: TSE)

2. Afiliaciones partidos políticos

La afiliación y desafiliación a los partidos políticos podrá hacerse en línea o a través de una aplicación que debe de crear el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Mientras que se establece un número fijo de afiliados (25 mil) por partido político, en la actualidad la cantidad de afiliados debe acomodarse a un 0.30% del total del padrón electoral, lo que obliga a incrementar el número de seguidores con el aumento de empadronados. Si no cuentan con el la cantidad establecida, no podrán participar en el proceso de elección.
Además, la propuesta busca reducir los controles financieros, al obligar únicamente al partido político a llevar libros de contribuciones y quitársela a los financistas.

Alargan el tiempo para que las organizaciones políticas entreguen al Registro de Ciudadanos la copia certificada de sus actas y asambleas, en la actualidad es de 15 días y quieren 30 hábiles.

3. Campaña anticipada

En la reforma al artículo 8, literal h), los diputados dejan abierta la posibilidad para que las agrupaciones políticas puedan realizar proselitismo en época no electoral a través de la cual podrán difundir propuestas políticas, posiciones políticas, ideología y su programa político.

Empero, podrán contratar medios de comunicación, eso sí, no se podrá promover a una persona u organización política a un cargo de elección popular, ni llamado al voto.

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Fuente: Dictamen 5886

En la actualidad se prohibe que una persona se publicite a título individual como candidato, pero con las reformas se busca que se modifique y se establezca que únicamente se sancionará con la no inscripción a quienes hagan un llamado al voto.

En la actualidad, el candidato que realice campaña electoral anticipada corre el riesgo que el TSE le prohiba participar en la contienda electoral, pero con las reformas sólo se sancionará a la persona que hagan un llamado al voto.

Lo mismo ocurre con los Comités Cívicos, los cuales podrán promocionarse, siempre que no llamen a los ciudadanos a emitir su sufragio a favor de determinado candidato o agrupación.

4. Financiamiento

En el dictamen se quita la prohibición a personas individuales y jurídicas extranjeras que quieran financiar a las agrupaciones políticas, siempre que el destino sea para formación política.

Tampoco se limita la recepción de fondos de personas con procesos de extinción de domino, solo prohibe cuando existe una sentencia, pero agrega que no pueden dar recursos aquellas personas que hayan sido suspendidas por algún proceso legal en su contra.

Al mismo tiempo, abre la puerta para que los candidatos reciban donaciones o aportes y se elimina la obligación de llevar libros contables de los recursos que se reciban los candidatos o aspirantes a un cargo de elección popular.

Y restringen a instituciones como la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), a la Superintendencia de Bancos (SIB) y a la Contraloría General de Cuentas (CGC) a "realizar diligencias pertinentes dentro del ámbito de sus facultades, competencias y mandatos legales", al tiempo que se abre la posibilidad para abrir varias cuentas bancarias para las contribuciones privadas.

También le quitan la responsabilidad a los partidos de presentar información contable relacionada a las contribuciones realizadas por financistas.

Además, eliminan un artículo completo en el que se definen varios conceptos como a quiénes se les define como financista de una organización política, quiénes son las personas vinculadas y relacionadas, por ejemplo.

Fuente: Ley Electoral y de Partidos Políticos
Fuente: Ley Electoral y de Partidos Políticos

Una personas individual o jurídica no podrá hacer aportaciones que sobrepasen el 10% del límite de gastos de campaña y permiten la cancelación de personas jurídicas que promuevan la imagen de un candidato.

5. Gastos y techos de campaña

Con la reforma, los diputados plantean elevar de 0.50 centavos de dólar (Q3.87) a 1 dólar (Q7.73) por cada empadronado, el gasto que tienen para el techo de campaña.

Es decir, si el máximo que se gastaron en la campaña política del 2019 fue de casi 30 millones de quetzales, ahora quieren gastar 60 millones.

Además, establecen un techo de gasto para la Segunda Vuelta de 0.10 centavos de dólar (Q0.77) por cada empadronado. Este gasto no existía.

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Fuente: Dictamen favorable a las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos

Los comités cívicos también se verían favorecidos y también duplicarían el techo de gasto actual, pues pasaría de 0.10 centavos de dólar a 0.20, es decir, alrededor de 1.55 quetzales por cada empadronado.

Este incremento y nuevo monto de techo de campaña incrementaría el gasto durante el próximo año y, opositores consideran de nuevo se está fomentando la corrupción en los partidos y en el gobierno porque los que ganen deben de pagar favores políticos.

6. Controles

Quitan la responsabilidad de remitir trimestralmente al órgano de fiscalización financiera los informes detallados de ingresos y egresos, así como las copias certificadas de los estados de cuentas bancarios, en donde se establece que "de encontrar anomalías... se pueden emprender las acciones legales pertinentes".

Se pretenden evitar que el TSE establezca sanciones cuando se cometen faltas y para ello crearon un nuevo ítem en el que las sanciones podrán establecerse si se "garantiza el derecho de defensa".

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Además, quieren quitar al TSE la obligatoriedad de presentar acciones legales ante el Ministerio Público (MP) cuando se cometan infracciones y se establezcan sanciones a los partidos, candidatos o afiliados que cometan alguna falta.

Para ello, obligan a que sea en el Registro de Ciudadanos donde se establezca una especie de tribunal donde "ante de poder alguna sanción de cualquier tipo, se deba de correr audiencia" a la organización política, candidato o afiliado para presentar sus pruebas de descargo.

Le quitan fuerza al reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en lo relacionado con las multas y sanciones.

7. Sanciones y multas

La propuesta del diputado contempla la reducción de multas a las agrupaciones políticas que incumplan con la Ley Electoral y de Partidos Políticos. En la actualidad, el TSE puede sancionar con 500 dólares (unos Q3,876.90), hasta 250 mil dólares (unos Q1,938,448.50).

La intención es reducir de manera considerable las sanciones, pues la propuesta plantea dejarlas en un salario mínimo para las actividades no agrícolas, es decir 2,872.55 quetzales; hasta 50 salarios mínimos, lo que representaría 143,627.50 quetzales.

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8. Voto nulo

Se retoma lo relacionado con el voto nulo, en donde quitan lo obligatoriedad de postular nuevos candidatos, para que sean las agrupaciones políticas la que definan si cambiarán o no de aspirante a Presidente y vicepresidente.

9. Listas abiertas

Con la propuesta de la Comisión del Congreso se pretende que en las elecciones generales del 2023 se realice la votación por listas abiertas y representación proporcional de minorías para los diputados distritales, más no para los diputados de Lista Nacional.

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10. Medios de comunicación y publicidad

Los medios con usufructo (radio y televisión) deberán tener a disposición un minuto de tiempo de aire diario por cada partido político en tiempo prime. Además, el TSE sólo parará el 20% de la tarifa a los medios de comunicación en la franja electoral.
Se eliminan responsabilidades penales para medios y permiten a las agrupaciones políticas realizar propaganda y contratarla directamente a los medios o redes sociales, lo cual deberá contabilizarse y no deberá sobrepasar el límite de gastos de campaña.

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