Las nuevas penas y multas por el robo de energía, agua y luz ya están vigentes y esto debes saber.
RECUERDA: Ejecutivo sanciona y publica reformas que aumentan multas por robo de energía
Las modificaciones a la Ley contra la Delincuencia Organizada entraron en vigencia oficialmente el martes 11 de abril, las cuales aumentaron las penas y multas para personas que hurten energía eléctrica, gas y agua potable.
El Decreto 8-2023 publicado en el Diario de Centro América, reforma al decreto 17-73, Código Penal, y el Decreto 21-2006, Ley Contra la Delincuencia Organizada, y contempla sanciones para los delitos de robo y hurto de energía eléctrica en el país, así como agua y gas.
Con las reformas aplicadas se modificó el Artículo 249 del Código Penal. Esto, para que quien de manera ilícita robe energía eléctrica, agua, gas o cualquier otro fluido sea sancionado con prisión de dos a cuatro años y multa de 10 mil quetzales.
Además, esta reforma establece que si el delito fue cometido por un grupo delictivo organizado, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 100 mil quetzales.
Del mismo modo, se agregó a este artículo que quien cometa hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales, sea sancionado con cinco a ocho años y una multa de 5 mil a 10 mil quetzales.