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Entra en vigencia nueva ley integral contra lavado de dinero

  • Por Cristóbal Veliz
18 de septiembre de 2026, 01:00
Este jueves 17 de septiembre cobró vigencia la nueva normativa Integral para la prevención y represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo. (Foto: Archivo/Soy502)

Este jueves 17 de septiembre cobró vigencia la nueva normativa Integral para la prevención y represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo. (Foto: Archivo/Soy502)

Este jueves 17 de septiembre cobró vigencia la Ley Integral para la prevención y represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo, que unifica la normativa que funcionó durante las últimas dos décadas en el tema de lavado de dinero.

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Tras su aprobación el pasado 2 de junio, este jueves 17 de septiembre cobró vigencia el Decreto 15-2026 Ley Integral para la prevención y represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo.

Con esta nueva normativa se derogan los Decretos 67-2001 y 58-2005 sobre lavado de dinero y financiamiento al terrorismo que no sólo funcionaron durante más de dos décadas sino también generó duplicidad en los procesos.

Además, se crea un solo régimen que moderniza y fortalece el marco legal para la prevención del problema, que incluye una ampliación del catálogo de sujetos obligados, reformas a las normativas claves y un enfoque de riesgo más riguroso.

¿Qué cambia?

En cuanto al delito de lavado dinero, resalta que comente el delito quien no sólo invierta, convierta, transfiera o realice cualquier transacción financiera con bienes o dinero, sabiendo que los mismos son productos, proceden o se originan de la comisión de un delito con el propósito de ocular o disimular el origen ilícito de los bienes.

También norma lo relacionado a las Personas Expuestas Políticamente (PEP), al establecer que estos abarcan a los parientes en primer grado de consanguinidad, cónyuges o unidos de hecho, así como los asociados cercanos.

Con relación a la tipificación del delito, establece que el responsable de lavado de dinero y otros activos será sancionado con prisión de seis a 20 años inconmutables, más una multa igual al valor del beneficio económico obtenido.

Además, en el orden administrativo contempla un régimen sancionatorio que va de US$500 a US$300 mil.

Mientras que por el delito de terrorismo se estipulan sanciones con penas de prisión inconmutable de 10 a 30 años, más una multa de US$25 mil a US$800 mil si se utilizan materias explosivas o nucleares para la comisión de este delito.

Una oportunidad

El analista jurídico Oscar Morales cree que la nueva normativa es una oportunidad para las empresas, pues les permitirá tener un poco de mayor control en todas las situaciones que se presentan respecto del lavado de dinero o ser víctimas de transacciones por gente que se dedican a esta actividad ilícita.

Agregó que una ley muy poderosa, que tiene bastantes sanciones y es muy importante para términos de país, ya que no son sólo le habla a empresarios, a sujetos obligados, profesionales, sino también a contadores, gerentes, representantes legales, socios de empresas y hasta a los políticos porque va a permitir mayor control sobre las operaciones de lavado de dinero.

Explicó que, como primer elemento, la persona tiene que evaluar a la empresa o las personas obligadas para establecerse cuáles son las obligaciones y que le van a permitir permear a la empresa o al sujeto obligado y tomar las medidas a través de un sistema de cumplimientos.

"Es un sistema que se crea para darle monitoreo, seguimiento y control de todas las operaciones relacionadas a este tema", apuntó.

Otro tema importante, según Morales es que nace la figura del oficial de cumplimiento que no es más que aquella persona que va a intermediar a la IVE y lo que es la empresa o el sujeto obligado para establecer una comunicación de cooperación y colaboración para las diferentes situaciones que se den en aplicación de esta ley.

Además, consideró importante la obligatoriedad de contar con programa permanente de vigilancia en las empresas que permitirá hacer el diagnóstico y de la inscripción bajo un sistema de cumplimiento.

"Los gerentes generales y los representantes legales están obligados a tomar acciones, a capacitar al personal, a implementar sistemas de cumplimiento, a vigilar que las normas en su conjunto se apliquen. No es opcional, no es que usted la quiera o no la quiera cumplir, sino que es una ley que entró en vigencia y tendrá que ser acatada por todos los sujetos obligados", explicó.

En cuanto a las PEP, el analista considera que son personas que tiene que ser vigiladas, pues exponen a las sociedades anónimas, a sus patrimonios familiares, amigos o socios, porque son personas que en algunos casos han sido acusadas de actos de corrupción.

Denuncias por lavado

Según el boletín estadístico del mes de agosto sobre la prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo de la Intendencia de Verificación Especial (IVE) de la Superintendencia de Bancos (SIB), al 31 de agosto se encuentran registradas un total de 4,526 personas obligadas.

En cuanto a la cantidad de reportes de transacciones sospechosas en ese mismo período las personas obligadas han enviado al órgano rector un total de 4,276.

La IVE ha presentado denuncias al Ministerio Público (MP) por Q10,265 millones de quetzales, Q3,876.2 más respecto del mes anterior.

Las denuncias elaboradas por la IVE y enviadas al MP involucran a un total de 1,631 personas es decir 110 más respecto al mes de julio de 2026.

Al 31 de agosto, la IVE registra un total denuncias por Q.10,265.00 millones de quetzales. (Foto: Archivo/Soy502)
Al 31 de agosto, la IVE registra un total denuncias por Q.10,265.00 millones de quetzales. (Foto: Archivo/Soy502)

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