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¿Los agentes de la PMT pueden emitir su voto? Falso

  • Por Jessica Gramajo
14 de junio de 2019, 19:23
Los agentes de la PMT no pueden votar según comunicación del TSE a la Municipalidad. (Foto: Archivo/Soy502)

Los agentes de la PMT no pueden votar según comunicación del TSE a la Municipalidad. (Foto: Archivo/Soy502)

Desde tempranas horas circula en las redes sociales un video en el que se asegura que la Municipalidad prohibió a los agentes de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) emitir su voto. Sin embargo, fue el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el que les informó que no pueden hacerlo, incluso había solicitado el nombre de los trabajadores para excluirlos del padrón electoral.

En el video aparecen varios supuestos agentes de la PMT de espalda y portando el chaleco amarillo que los caracteriza. Se escucha una voz distorsionada que denuncia supuestos abusos por parte de las autoridades municipales, pues se les exigía que emitieran cinco multas de tránsito y se colocaran 120 cepos al día.

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Aunque dicen estar indignados, el supuesto agente asegura que se decidieron a denunciar "los abusos" debido a que "les giraron instrucciones indicándoles que no pueden votar" y "les forzaron a estar retenidos en las sedes todo el día".

Sin embargo, Amílcar Montejo, intendente de la PMT, puso en duda que se trate de agentes. Indicó que se observa a uno con pantalón no autorizado y que uno de ellos tiene barba.

Además, calificó de imposible que se exija un número determinado de multas y cepos, debido a que no todos los operativos emiten remisiones o colocan inmovilizadores. "Cada boleta está numerada y es fiscalizada por la Contraloría General de Cuentas en las auditorías que se realizan", justificó.

¿Pueden votar?

Montejo aseguró que los agentes de la PMT no pueden votar. Para comprobarlo compartió con Soy502 una misiva en la que el TSE les notificó que la ley les prohibe emitir su sufragio.

En la nota se lee que la Empresa Municipal de Tránsito (Emetra) envió de manera extemporánea la nómina de los agentes de la PMT en servicio activo al Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrones, lo que generó que las personas no pudieran ser retiradas del padrón electoral.

Por esta razón, el TSE notificó a Emetra que la Policía Municipal de Tránsito "tienen prohibición de emitir el sufragio de conformidad con la Ley, por lo que bajo ninguna circunstancia ningún agente debe hacer caso omiso a dicha prohibición, caso contrario traería consecuencias jurídicas a los agentes", detalla la misiva.

Además, el jefe del Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrones, Leonel Escobar, pide "socializar" la prohibición con los agentes para que estén enterados y eviten "consecuencias que de la inobservancia se desprendan".

Por tal motivo, Emetra emitió un memorándum en el que "recuerda que por mandato legal, los cuerpos policiacos no pueden ejercer el derecho de voto, según el artículo 15 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos".

De acuerdo con Montejo, también se les hizo llegar a los agentes una imagen del artículo 407 "D" del Código Penal en que el que se describe que quienes voten sin derecho a hacerlo serán castigados con prisión de uno a cinco años y la inhabilitación para el ejercicio del empleo o cargo público que desempeñe.

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