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Urgencia Nacional: Gasolinas regular y diésel quedarán a Q39 por galón

  • Por Susana Manai
08 de septiembre de 2026, 20:41
El Pleno aprueba ley sobre estabilización de precios a los combustibles. (Foto: Wilder López/Soy502) 

El Pleno aprueba ley sobre estabilización de precios a los combustibles. (Foto: Wilder López/Soy502) 

El Congreso aprobó en su único debate la Ley de Estabilización y Precios de Referencia de Venta al Consumidor Final para los Combustibles, que establece un apoyo social temporal para contener el alza del diésel y las gasolinas. 

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El Congreso aprobó durante la noche de este martes 8 de septiembre la Ley de Estabilización y Precios de Referencia de Venta al Consumidor Final para los Combustibles Cubiertos, contenida en el Decreto 21-2026 con 130 votos a favor. 

La iniciativa 6844 propuesta por el ejecutivo fue aprobada en su único debate en el Pleno a través de un moción con la que fue conocida de Urgencia Nacinonal.  

¿Qué se aprobó? 

La propuesta busca establecer precios máximos de referencia al consumidor. (Foto: Wilder López/Soy502)
La propuesta busca establecer precios máximos de referencia al consumidor. (Foto: Wilder López/Soy502)

El Decreto 21-202 establece un precio de referencia de Q39 por galón para el diésel, Q39 para la gasolina regular y Q41 para la gasolina superior, con impuestos incluidos. Estos montos funcionarían como precios máximos de venta al consumidor final en las estaciones de servicio.

El mecanismo funcionará a través de un apoyo social temporal a los importadores; cuando el precio promedio de mercado de los combustibles cubiertos supere el precio de referencia establecido, para esto el Ministerio de Energía y Minas (MEM) absorbería la diferencia mediante este apoyo, con el fin de que el incremento internacional no se traslade completamente al consumidor.

El subsidio podría alcanzar hasta Q2 mil 500 millones. (Imagen: Organismo Legisltivo)
El subsidio podría alcanzar hasta Q2 mil 500 millones. (Imagen: Organismo Legisltivo)

La ley contempla que el mecanismo se aplique desde las terminales de almacenamiento donde el MEM deberá establecer periódicamente un precio variable de venta tomando como referencia los precios internacionales, costos de importación, fletes, impuestos y otros componentes de la cadena de comercialización.

El apoyo tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, aunque podría finalizar antes si se agotan los recursos disponibles o si durante 15 días consecutivos los precios internacionales caen por debajo de los niveles establecidos en la propuesta.

Sin ampliación presupuestaria

La enmienda suprimió el segundo párrafo del artículo 9, es decir, elimina la autorización para que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) amplíe su presupuesto con el fin de comprar equipo de cómputo, mobiliario y vehículos, así como contratar personal bajo el renglón 022 para atender los trámites y controles del apoyo social a los combustibles.

Las demás funciones de supervisión y fiscalización previstas para el MEM se mantienen. (Foto: Organismo Legislativo)
Las demás funciones de supervisión y fiscalización previstas para el MEM se mantienen. (Foto: Organismo Legislativo)

La enmienda elimina la ampliación presupuestaria del MEM para comprar equipo y contratar personal. (Foto: Organismo Legislativo)
La enmienda elimina la ampliación presupuestaria del MEM para comprar equipo y contratar personal. (Foto: Organismo Legislativo)

Financiamiento

Para financiar el apoyo social temporal, la ley autoriza hasta Q2,500 millones, integrados por Q1,280 millones provenientes de recursos vinculados a la devolución del crédito fiscal del IVA, Q820 millones de readecuaciones presupuestarias y Q400 millones que serán trasladados del Fondo para Proyectos Viales Prioritarios (FOVIP) al Ministerio de Energía y Minas (MEM) 

La propuesta incluye controles para evitar un uso indebido. (Foto: Organismo Legislativo)
La propuesta incluye controles para evitar un uso indebido. (Foto: Organismo Legislativo)

También establece controles para evitar que el beneficio sea utilizado indebidamente, pues el MEM, la SAT, la DIACO y la Contraloría General de Cuentas tendrán distintas funciones de supervisión, mientras que las estaciones deberán reportar inventarios, volúmenes recibidos y ventas al consumidor final.

Además, se contempla una multa de 30 Unidades de Multa Ajustables (UMAS) por cada falta en la aplicación del apoyo social al precio de venta al consumidor.

La iniciativa también prohíbe exportar, reexportar, trasladar o extraer del territorio nacional combustibles que hayan recibido el apoyo social. En caso de detectar una posible extracción irregular, las autoridades deberán informar al Ministerio Público (MP) y a la SAT.

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