Principales Indicadores Económicos

¿Eres pensionado del IGSS? Prepárate para recibir un bono extraordinario

  • Por Carlos Álvarez
27 de octubre de 2026, 07:50
El Acuerdo 1571 del IGSS fue publicado este martes 27 de octubre en el Diario de Centro América. (Foto: IGSS / Soy502) 

El Acuerdo 1571 del IGSS fue publicado este martes 27 de octubre en el Diario de Centro América. (Foto: IGSS / Soy502) 

El aporte extraordinario busca contribuir a paliar los efectos de la pérdida del poder adquisitivo de los pensionados.

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El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) otorgó un bono extraordinario y único de Q1,000 a sus pensionados, como parte de las acciones conmemorativas por el 80 aniversario de creación de la institución.

La disposición quedó establecida en el Acuerdo 1571 de la Junta Directiva del IGSS, publicado este martes 27 de octubre de 2026 en el Diario de Centro América.

Según el documento, el beneficio económico está dirigido a quienes reciben una pensión por los riesgos de muerte, vejez, invalidez y sobrevivencia, así como a los pensionados del Plan de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del IGSS.

El acuerdo establece que el bono se entregará por una sola vez y tendrá un monto de Q1,000 por cada pensión que corresponda, de conformidad con las disposiciones establecidas por la institución.

La Junta Directiva justificó la medida como una forma de contribuir a paliar los efectos sociales y económicos de la pérdida del poder adquisitivo de los pensionados, sin afectar la estabilidad de los fondos correspondientes.

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Los pensionados por vejez e invalidez recibirán la totalidad del bono extraordinario. (Foto: IGSS / Soy502)

Asimismo, señaló que la disposición constituye un reconocimiento a la trayectoria institucional del IGSS y a la vinculación de sus pensionados con el Régimen de Seguridad Social.

¿Cómo se distribuirá el bono?

El artículo 2 del Acuerdo 1571 establece que, en el caso de las pensiones por vejez e invalidez, el bono de Q1,000 será entregado en su totalidad al pensionado.

Para las pensiones por riesgo de muerte y sobrevivencia, el monto se distribuirá en partes iguales entre los beneficiarios reconocidos, asimismo, cuando exista un único beneficiario, este recibirá la totalidad del bono.

En el caso de los pensionados del Plan de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del IGSS, también recibirán el 100 % del beneficio económico.

El documento precisa que quienes estén pensionados simultáneamente por el Plan y Régimen del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS) únicamente tendrán derecho a recibir un bono extraordinario.

¿Cuándo se pagará el bono?

De acuerdo con el artículo 3, para los pensionados cuyos pagos se encuentran activos, el bono extraordinario se acreditará durante octubre de 2026.

En los casos de pensiones suspendidas, el beneficio se entregará cuando el pensionado cumpla las condiciones para recuperar su derecho, junto con la pensión correspondiente al mes en que se reactive el pago.

Además, el artículo 4 contempla que las personas a quienes se les haya extinguido el derecho de pensionamiento al momento de generarse la nómina correspondiente a octubre de 2026 conservarán el derecho al bono extraordinario único de Q1,000.

El Acuerdo 1571 fue aprobado por la Junta Directiva del IGSS el 23 de octubre de 2026 y establece que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el miércoles 28 de octubre.

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