Las organizaciones políticas deberán cumplir con este requisito tres meses antes de que inicie el próximo proceso electoral.
OTRAS NOTAS: ¿Qué es campaña política anticipada y qué no? TSE define reglas para los políticos
Los datos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) precisan que 11 de los 27 partidos políticos que actualmente se encuentran vigentes deberán afiliar a más personas para poder participar en el próximo proceso electoral que se llevará a cabo en 2027.
Esto se debe a lo que menciona el Artículo 19 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), el cual precisa los requisitos para la existencia y funcionamiento de las organizaciones políticas.
En dicho artículo se señala que los partidos políticos deben contar como mínimo con un número de afiliados equivalente al 0.30 % del total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral utilizado en las últimas elecciones generales.
Estas personas deben estar en el pleno goce de sus derechos políticos, por lo cual personas en prisión y otras como policía o soldados no pueden estar afiliadas a ningún partido; asimismo, por lo menos la mitad de estas personas deben saber leer y escribir.

Sin embargo, dicho artículo tiene otra consideración, precisa que, al publicarse un nuevo padrón electoral para elecciones generales:
“Los partidos políticos deben cumplir con el requisito anterior, dentro de un plazo que inicia el día que se dé por clausurado el proceso electoral y termina noventa días antes de la convocatoria del siguiente proceso de elecciones generales”.
El último padrón electoral que se utilizó para elecciones generales estaba compuesto por 9,361,068 personas, por lo que los partidos políticos deben tener al menos a 28,083 afiliados si es que quieren seguir existiendo y participar en el próximo proceso electoral.
LEA MÁS: ¿Qué pasa si una persona o partido incurre en campaña electoral anticipada?
Además, según la LEPP, que es una de las cuatro legislaciones de rango constitucional que existen en el país, deberán cumplir con ese requisito tres meses antes de que inicie el próximo proceso electoral.
Y según el artículo 196 de la LEPP, dicho proceso “dará inicio con la convocatoria, la cual será dictada por el TSE la segunda o tercera semana de enero del año en el que se celebren dichas elecciones”.
Eso significa que las organizaciones políticas deben cumplir con el requisito de tener los 28,083 afiliados a más tardar la primera semana de octubre de este año.

Sin embargo, según el listado de partidos políticos vigentes emitido por el Registro de Ciudadanos del TSE y actualizado hasta el 25 de febrero último, 11 organizaciones políticas necesitan afiliar personas para participar.
La cantidad que necesitan varía, ya que el partido que menos afiliaciones necesita son 525 personas y el que más son casi 3500 personas.
A continuación, se presenta el listado de partidos que necesitan afiliar personas en orden alfabético.
Asimismo, se presenta el listado de partidos políticos, en orden alfabético, que ya cumplieron con el requisito de empadronados y que no tendrán problemas para participar en las próximas elecciones.
Más requisitos
La Ley Electoral también pide más requisitos para la existencia de las organizaciones políticas; entre ellos está “estar constituido en escritura pública”.
También se les ordena “cumplir con los requisitos de inscripción de los integrantes de sus órganos permanentes y mantener estos debidamente constituidos y en funciones”.
Por último, la LEPP también les pide a los partidos políticos “obtener y mantener vigente su inscripción en el Registro de Ciudadanos” del TSE.





