La reforma al INGUAT busca modernizar una ley de 1967 para potenciar el turismo en Guatemala mediante la creación del fondo de infraestructura FODITUR, incentivos fiscales para la inversión hotelera y la simplificación digital de trámites.
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La iniciativa 6811 plantea una reforma amplia a la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT), con cambios que buscan modificar la forma en que se administra, promociona y desarrolla el turismo en Guatemala.
Esta reforma plantea actualizar una normativa que data desde 1967 e incorpora nuevas herramientas para atraer inversión, mejorar la infraestructura turística, facilitar trámites y fortalecer la coordinación del INGUAT con otras instituciones públicas, municipalidades y el sector privado.

La Oficina de Comunicación Social del INGUAT (OCS INGUAT) informó que respalda la propuesta y señaló que participó en su construcción técnica junto con representantes del sector turístico.
Funciones de INGUAT
Esta iniciativa amplía la participación del INGUAT en la planificación y ejecución de acciones para impulsar el turismo. Entre las funciones que contempla están:
- Elaborar y ejecutar instrumentos de planificación turística.
- Identificar y priorizar destinos, rutas y productos turísticos.
- Registrar y clasificar empresas y actividades del sector.
- Establecer estándares de calidad, sostenibilidad y seguridad.
- Promover el turismo a nivel nacional e internacional.
- Apoyar a mipymes y emprendimientos turísticos.
- Coordinar proyectos relacionados con infraestructura y conectividad.
- Administrar la Ventanilla Única de Turismo.
- Generar información estadística y económica sobre el sector.
Además, la propuesta también permite al INGUAT diseñar, administrar, coordinar, financiar o cofinanciar programas destinados al desarrollo de infraestructura y proyectos turísticos.
Sobre estas nuevas atribuciones, la OCS del INGUAT indicó estar de acuerdo con la ampliación de sus funciones.
Según la dependencia, las nuevas facultades permitirían actualizar las capacidades institucionales en áreas como planificación, promoción, inversión, infraestructura turística, inteligencia de mercados, facilitación de trámites, sostenibilidad y desarrollo territorial.
Creación del FODITUR
La reforma contempla la creación del Fondo para el Desarrollo de Infraestructura Turística (FODITUR).

El fondo estaría destinado a financiar o cofinanciar proyectos en destinos turísticos priorizados relacionados con:
- Accesos y conectividad turística.
- Señalización y senderos.
- Miradores y muelles.
- Centros de atención al visitante.
- Agua potable y saneamiento.
- Manejo de residuos y aguas residuales.
- Conectividad digital.
- Eficiencia energética.
- Conservación y mejoramiento de infraestructura turística.
El proyecto también establece una asignación extraordinaria de Q300 millones para el FODITUR, provenientes del Presupuesto General del Estado. Estos recursos estarían condicionados a que los proyectos cumplan con procesos de verificación, priorización y planificación turística.
Impuestos vinculados al turismo
La iniciativa plantea modificaciones a los ingresos que recibe el sector público por actividades relacionadas con el turismo.
Uno de los cambios consiste en establecer un impuesto del 10% sobre los servicios de hospedaje, incluyendo modalidades ofrecidas mediante plataformas digitales y otros mecanismos.
También se modifica el impuesto de salida del país por vía aérea y marítima, con tarifas diferenciadas según el tipo de salida y el destino.

En el caso del impuesto de salida aérea, la propuesta plantea distribuir los recursos de la siguiente manera:
- 55% para el encargado de la operación de aeródromos públicos.
- 40% para el INGUAT.
- 5% para el FODITUR.
Además, del porcentaje que corresponda al INGUAT, al menos una cuarta parte tendría que utilizarse para proyectos y acciones de desarrollo de producto e infraestructura turística.
Por su parte la OCS del INGUAT señaló que la reforma fortalecería el financiamiento destinado al turismo y destacó que la participación del INGUAT en el impuesto de salida aérea pasaría del 33% al 40%, mientras que otro 5% sería destinado al FODITUR.
También señaló que el requisito de destinar al menos 25% de esos recursos a producto e infraestructura turística permitiría contar con mayor capacidad para promover Guatemala y mejorar los destinos.
Agregó que el nuevo esquema incluiría mecanismos de control, fiscalización y rendición de cuentas.
Atracción de inversiones hoteleras
La reforma también propone un régimen de incentivos para atraer grandes inversiones hoteleras y turísticas.
El objetivo sería promover proyectos de infraestructura, generar empleo formal y llevar inversión hacia distintas regiones del país.
Para acceder a los beneficios, los proyectos tendrían que cumplir requisitos mínimos de inversión y capacidad de hospedaje, según la categoría del establecimiento.
Por ejemplo, la iniciativa establece diferentes parámetros para:
- Hospedaje boutique: hasta 40 habitaciones y una inversión mínima equivalente a 12 mil salarios mínimos no agrícolas mensuales.
- Hospedaje de destino y convenciones: al menos 100 habitaciones y una inversión mínima equivalente a 28 mil salarios mínimos.
- Hospedaje de ultra lujo: al menos 40 habitaciones y una inversión mínima equivalente a 100 mil salarios mínimos.

Este régimen también podría aplicarse a proyectos de renovación de hoteles que cumplan con las condiciones establecidas.
Exenciones fiscales por 10 años
Entre los incentivos propuestos está una exención del 100% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) durante 10 años para las entidades calificadas dentro del régimen.
La exención abarcaría los ingresos provenientes del hospedaje y otros servicios vinculados directamente con el complejo turístico autorizado.
La iniciativa también contempla beneficios fiscales para la distribución de dividendos y determinadas operaciones realizadas con entidades o proveedores no residentes, siempre que estén relacionadas directamente con el proyecto.
Además, se plantea exonerar de derechos arancelarios e IVA la importación de determinados bienes de capital, maquinaria, sistemas y equipamiento necesarios para construir y poner en funcionamiento los proyectos.

Fiscalización
La propuesta establece un Comité de Fiscalización conjunta entre el INGUAT y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)
Este mecanismo tendría que revisar anualmente aspectos como el cronograma de inversión, el origen de los fondos y el cumplimiento de las normas de precios de transferencia.
El INGUAT también podría revocar los beneficios cuando:
- La empresa cierre, se disuelva o quiebre.
- Los beneficios sean desviados hacia actividades ajenas al proyecto.
- No se cumpla con la inversión mínima establecida.
- Existe incumplimiento reiterado de las obligaciones asumidas.
En determinados casos, la empresa tendría un plazo para corregir los incumplimientos antes de que se concrete la revocatoria.
Ventanilla Única
La propuesta de reforma también incorpora la Ventanilla Única de Turismo como un mecanismo para facilitar y digitalizar los trámites relacionados con el sector.
La idea es que los usuarios, empresarios e inversionistas puedan gestionar en un mismo mecanismo procesos como:
- Inscripciones.
- Clasificaciones.
- Autorizaciones.
- Registros.
- Licencias.
- Permisos.
- Seguimiento de expedientes.
También busca conectar al INGUAT con municipalidades y otras instituciones para intercambiar información y resolver obstáculos que puedan retrasar proyectos turísticos.
La iniciativa establece que la plataforma digital tendría que diseñarse y ponerse en funcionamiento en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la ley.
Coordinación con instituciones
El proyecto plantea que el INGUAT tenga mecanismos de coordinación directa y permanente con distintas instituciones como:
- Infraestructura y conectividad turística.
- Seguridad y protección del visitante.
- Promoción internacional.
- Conservación del patrimonio cultural y natural.
- Registro y formalización de empresas turísticas.
- Gestión de crisis y contingencias.
- Simplificación de trámites.
La propuesta también establece que municipalidades, ministerios y otras entidades públicas deberán colaborar con el INGUAT en las acciones relacionadas con el desarrollo turístico.
Junta Directiva
La reforma contempla cambios en la estructura del INGUAT y establece una nueva Junta Directiva como instancia de dirección estratégica.
El Director General tendría a su cargo la administración y ejecución de las decisiones adoptadas por la Junta Directiva, mientras que su nombramiento se realizaría bajo el nuevo procedimiento establecido en la iniciativa.
La Junta Directiva tendría que quedar integrada dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia de la nueva ley.
Según la OCS del INGUAT esta composición podría aportar mayor continuidad y coordinación a las decisiones estratégicas, además de permitir que estas tomen en cuenta las necesidades del sector.
La Junta Directiva tendría que quedar integrada dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley.
El Instituto estaría sujeto a auditoría interna, fiscalización de la Contraloría General de Cuentas (CGC) y una auditoría externa anual.

Además, tendría que publicar la siguiente información
- Ejecución presupuestaria.
- Indicadores de desempeño.
- Cartera de proyectos.
- Avances del Plan Maestro de Turismo.
- Resultados del FODITUR.
- Información sobre los programas de inversión.
- Resultados de auditorías externas.
Sanciones
La propuesta modifica el régimen de sanciones para quienes incumplan las disposiciones de la ley, sus reglamentos o las resoluciones emitidas por el INGUAT.
Entre las medidas se podrían incluir:
- Amonestaciones escritas.
- Multas de entre cinco y 20 salarios mínimos mensuales para actividades no agrícolas.
- Cancelación de la inscripción o clasificación turística en casos graves o de reincidencia.
- Multas de hasta el 100% del monto omitido en determinados incumplimientos relacionados con impuestos a favor del INGUAT.
El proyecto establece que las sanciones deberán aplicarse mediante un procedimiento administrativo que garantice el derecho de audiencia y defensa.
¿Cuándo comenzarían los cambios?
La iniciativa establece varios plazos para poner en marcha el nuevo modelo.
El Organismo Ejecutivo tendría hasta seis meses para emitir el reglamento de la ley, el INGUAT tendría 12 meses para reorganizarse e implementar los procedimientos y sistemas necesarios.
Además, el FODITUR comenzaría a operar una vez integrada la Junta Directiva y aprobado su reglamento. Mientras tanto, los registros, clasificaciones y procedimientos existentes conservarían su validez bajo las condiciones establecidas en las disposiciones transitorias.
La iniciativa establece que la nueva ley entraría en vigor tres meses después de su publicación en el Diario de Centro América.
La OCS del INGUAT informó que participó activamente en la construcción técnica de la iniciativa.
Según explicó, la propuesta surgió después de varios meses de diálogo y trabajo conjunto con representantes del sector turístico, incluidos actores que habían impulsado propuestas anteriores.
Además, el proyecto fue socializado con el sector y conocido por la Comisión de Turismo del Congreso.




