Legislación crea la Autoridad Portuaria Nacional, que asumirá funciones de regulación, supervisión y fiscalización del sistema portuario.
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El Organismo Ejecutivo sancionó el Decreto 20-2026 Ley General del Sistema Portuario Nacional, normativa con la que se establece un nuevo marco jurídico para la organización, regulación, planificación, desarrollo, administración y supervisión de dicha actividad en Guatemala.
La legislación fue publicada este miércoles en el Diario de Centro América y fue firmada por el presidente Bernardo Arévalo y varios de sus ministros.
La nueva ley busca ordenar el funcionamiento del sistema portuario bajo una estructura institucional que permita separar las funciones de regulación y fiscalización de aquellas relacionadas con la operación de los puertos.
Además, establece mecanismos para promover inversión, modernización de infraestructura y mayor competitividad del sector.
El Ejecutivo sancionó el Decreto 20-2026, Ley General del Sistema Portuario Nacional, publicado este 2 de septiembre en el Diario de Centro América. pic.twitter.com/qumOqjbDNO
Según la legislación, uno de los puntos centrales es la creación de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), entidad responsable de ejercer la rectoría del Sistema Portuario Nacional.
Entre sus atribuciones estarán regular, coordinar, supervisar y fiscalizar el funcionamiento del sector, así como impulsar políticas, planes y programas relacionados con el desarrollo portuario.
La APN contará con un Directorio como máxima autoridad y con una estructura administrativa encargada de ejecutar las disposiciones de la legislación.
La normativa también contempla mecanismos de coordinación con instituciones públicas vinculadas al comercio exterior, aduanas, seguridad, ambiente, infraestructura y transporte.
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El Decreto regula además la administración y operación de las instalaciones portuarias, establece modalidades de contratación y participación de operadores privados,
Asimismo, fija disposiciones para las concesiones, arrendamientos, autorizaciones y prestación de servicios dentro de los recintos portuarios.
Otro de los componentes relevantes es la incorporación de procedimientos para desarrollar nueva infraestructura portuaria y ampliar o modernizar instalaciones existentes.
La legislación establece procesos de evaluación y aprobación de proyectos, así como obligaciones técnicas, ambientales, financieras y de seguridad que deberán cumplir quienes participen en el sistema.

La ley también crea un régimen sancionatorio para infracciones cometidas por operadores, prestadores de servicios y otros actores del sector.
Las disposiciones contemplan multas y otras medidas administrativas según la gravedad de los incumplimientos.
El Decreto incluye normas relacionadas con protección portuaria, seguridad marítima, prevención de riesgos, mecanismos de solución de controversias y un régimen tarifario aplicable a servicios y operaciones portuarias.
La normativa establece un período de transición para la integración de la nueva institucionalidad y dispone la emisión de reglamentos y otras disposiciones necesarias para su funcionamiento.



