El Decreto 20-2026 aprueba la Ley General del Sistema Portuario Nacional en Guatemala para modernizar, regular y atraer inversión a sus puertos.
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La aprobación del Decreto 20-2026, que contiene la Ley General del Sistema Portuario Nacional, representa una de las reformas más importantes para el sector portuario en Guatemala.
La normativa crea un nuevo marco legal para organizar, regular y modernizar los puertos del país, además de establecer las reglas para la participación del Estado y la inversión privada.

Estos son cinco aspectos importantes para comprender qué cambia con la nueva legislación:
1. Creación de un nuevo Sistema Portuario Nacional
La ley establece, por primera vez, un marco jurídico integral para organizar, planificar, desarrollar, administrar y supervisar todas las actividades portuarias del país.
También declara de interés nacional y utilidad pública la construcción, ampliación, rehabilitación y operación de la infraestructura portuaria, con el fin de garantizar servicios más eficientes, seguros, competitivos y sostenibles.
Su alcance abarca puertos marítimos, fluviales y lacustres, terminales, plataformas, muelles, fondeaderos y demás instalaciones vinculadas con el comercio portuario.
2. ¿Quién regula y quien opera los puertos?
Uno de los cambios centrales es la separación de funciones entre las entidades del Estado.
La Autoridad Marítima Nacional (AMN) mantiene las competencias relacionadas con la seguridad de la navegación, la protección marítima y el control del mar, mientras que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) será la encargada de regular, planificar, autorizar, supervisar y fiscalizar el funcionamiento del Sistema Portuario Nacional.
La ley busca evitar que una misma institución concentre las funciones de regulación y operación, según el nuevo modelo de gobernaza.

3. Nuevas inversiones en infraestructura
La normativa establece mecanismos para que empresas nacionales o extranjeras puedan participar en el desarrollo de infraestructura y en la prestación de servicios comerciales portuarios por medio de contratos regulados por el Estado, como los Contratos de Administración Portuaria (CAP) y los Usufructos Onerosos Portuarios (USOP).
Estos puntos deberán ajustarse al Plan Integral de Desarrollo Portuario y permanecer bajo supervisión de la Autoridad Portuaria Nacional.
El objetivo es ampliar la capacidad logística del país sin que los bienes públicos dejen de pertenecer al Estado.
4. Fortalece la transparencia y crea un régimen de control
La ley incorpora principios obligatorios como la transparencia, la rendición de cuentas, la eficiencia, la probidad, la libre competencia y la coordinación entre instituciones.
También desarrolla un régimen de supervisión, inspección e infracciones para que la Autoridad Portuaria Nacional pueda sancionar incumplimientos con medidas que van desde multas y acciones correctivas hasta la suspensión o revocatoria de autorizaciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que correspondan.

5. Guatemala como un país más competitivo
La ley incorpora herramientas como la planificación nacional del sistema portuario, la digitalización de procesos, la facilitación del comercio, la coordinación interinstitucional, el fortalecimiento de la protección portuaria y marítima, para abrir paso a la modernización de toda la cadena logística.
También promueve la infraestructura especializada para reducir tiempos y costos en el transporte de mercancías que pretende aumentar la competitividad del comercio exterior y atraer nuevas inversiones para el desarrollo económico del país.
Aprobación Ley de Puertos
El Decreto 20-2026 fue aprobado en la madrugada del miércoles 5 de agosto con 123 votos a favor.
El proyecto de Ley llegó al Pleno con 36 enmiendas de las cuales 33 fueron analizadas desde la Comisión de Economía y Comercio Exterior, presidida por el diputado Jorge Ayala.




