El presidente del Congreso, Luis Contreras, explicó que el decreto 22-2026 fue remitido este lunes 28 de septiembre, para evitar posibles objeciones de última hora.
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El Congreso de la República envió este lunes 28 de septiembre, el decreto 22-2026 al Organismo Ejecutivo, luego de que venciera el plazo para presentar objeciones, el viernes 25 de septiempre a la medianoche.
El presidente del Legislativo, Luis Contreras, explicó que anteriormente los decretos se enviaban a las 16:30 horas del último día de plazo; sin embargo, en esta ocasión decidieron esperar para evitar complicaciones legales, pues los diputados podían presentar objeciones hasta las 23:59 horas.
"Si alguien no quiere, no lo hace, pero si alguien quiere ser perverso, lo hace a las 11 y media y nos causa un problema legal muy serio", expresó Contreras.

Contreras explicó que el Congreso actuó dentro del plazo legal y que no se incurrió en ninguna irregularidad.
Hasta el momento se mantiene la expectativa de que el Ejecutivo lo sancione antes de que venza el plazo constitucional de 15 días debido a la problemática que enfrenta este sector.
Se consultó a la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia sobre la fecha prevista para sancionar el decreto; sin embargo, al cierre de esta nota, se esta a la espera de una respuesta.
Urgencia Nacional
La normativa surgió de la iniciativa 6852 aprobada de Urgencia Nacional por el Pleno con 148 votos y contempla la suspensión temporal del IVA y el IDP para la gasolina superior, gasolina regular, diésel y gas oil.
La exoneración tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir del 1 de enero de 2027, los combustibles incluidos en la medida volverán a estar sujetos al pago de los impuestos conforme a las tarifas ordinarias.

Asimismo, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) deberá elaborar el reglamento dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la ley.
El decreto establece que el beneficio tributario deberá trasladarse en su totalidad al consumidor final mediante una reducción equivalente en el precio de venta.
Además, las estaciones de servicio deberán continuar emitiendo factura y consignar en el documento el monto correspondiente a la exención aplicada por cada galón.
Sacrificio fiscal
El Decreto 22-2026 representa un sacrificio fiscal estimado en Q3,318.4 millones durante su período de vigencia.
De ese monto, Q1,332.2 millones corresponden al IDP y Q1,986.2 millones al IVA que el Estado dejará de recaudar por la exoneración temporal.
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Precios estimados
Las estimaciones incluidas en la normativa señalan que la exoneración podría representar una reducción de hasta Q9.41 por galón para la gasolina superior, Q9.10 para la regular y Q6.34 para el diésel y gas oil.

El Decreto 22-2026 avanza mientras también continúa el proceso con el Decreto 21-2026, que establece precios máximos de referencia para los combustibles mediante un mecanismo de subsidio.
El Congreso improbó las objeciones contra este último decreto y lo remitió al Ejecutivo el jueves 24 de septiembre.



