Sala revoca sentencia de emitida contra tres exdiputados en el caso Asalto al Ministerio de Salud.
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La condena emitida contra tres exdiputados sindicados de tráfico de influencias en el caso Asalto al Ministerio de Salud, fue revocada.
La Sala Primera de Apelaciones declaró con lugar la apelación presentada por los tres exlegisladores contra la sentencia emitida por el Tribunal de Mayor Riesgo D, presidido por el juez Fredy Aguilar, quien había dictado 3 a 8 años de prisión el pasado 3 de agosto.
Con esto fueron absueltos en el referido proceso los excongresistas Ronald Arango Ordoñez, Aracely Chavarría Cabrera y Humberto Leonel Sosa, señalados de valerse de su posición y cargo para gestionar ante las autoridades del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) algunas plazas laborales a favor de sus recomendados.
El Tribunal determinó que, por el delito de tráfico de influencia en forma continuada, Chavarría Cabrera debía cumplir una pena de prisión de 7 años y 11 meses inconmutable.
Mientras que por el mismo delito, a Ronald Arango Ordoñez se le había dictado 7 años y 4 meses de prisión.
En tanto que, por el delito de tráfico de influencias, al exparlamentario Humberto Leonel Sosa Mendoza, le había sido impuesta una penal de 3 años y 9 meses de prisión conmutable a razón de Q100 por cada día sin cumplir.

Sobre el caso
En 2020 la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), señaló a los excongresistas de solicitar plazas laborales en diferentes dependencias del MSPAS, cuando ocupaba el cargo de ministro Jorge Villavicencio, ya fallecido.
Durante el juicio, el Ministerio Público (MP) presentó la declaración de testigos que señalaron que las recomendaciones efectuadas por los excongresistas iban marcadas en los expedientes presentados para optar a alguna plaza dentro de la cartera de salud.
Además, previo a dictar sentencia, el Tribunal presidido por el juez Aguilar rechazó un incidente planteado por el abogado Alejandro Arriaza, defensa del exdiputado Arango Ordoñez, relacionado a una inconformidad planteada en la redacción de la acusación plateada por el MP.
Según el Tribunal, esta petición debió hacerse durante la etapa intermedia, por lo que consideró que en esa fase del proceso era el momento procesal oportuno para realizar dicha solicitud.



