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No habrá precios máximos a los combustibles: Arévalo vetó la ley aprobada

  • Por Carlos Álvarez
30 de septiembre de 2026, 07:58
El Decreto 21-2026 establecía precios máximos para el diésel y las gasolinas regular y superior. (Foto: Archivo / Soy502)

El Decreto 21-2026 establecía precios máximos para el diésel y las gasolinas regular y superior. (Foto: Archivo / Soy502)

El Gobierno optó por la exención temporal de impuestos contenida en el Decreto 22-2026 como mecanismo para reducir el precio de los combustibles.

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El presidente Bernardo Arévalo decidió vetar el Decreto 21-2026, Ley de Estabilización y Precios de Referencia de Venta al Consumidor Final para los Combustibles Cubiertos.

El argumento del mandatario es que considera que su aplicación simultánea con una exención tributaria podría comprometer los recursos contemplados en el Presupuesto General de la Nación.

La decisión quedó oficializada mediante el Acuerdo Gubernativo 159-2026, publicado este miércoles en el Diario Oficial y adoptado en Consejo de Ministros.

El documento establece que el decreto será devuelto al Congreso de la República con las observaciones formuladas por el Ejecutivo.

El Decreto 21-2026 había sido aprobado por el Congreso el pasado 8 de septiembre como una medida para enfrentar el incremento en los precios de los combustibles.

La normativa establecía precios máximos de Q39 por galón para el diésel y la gasolina regular y Q41 para la gasolina superior.

La normativa llegó al Ejecutivo después de que el Congreso rechazara las objeciones que habían sido planteadas en su contra y continuara con el procedimiento para remitirla al mandatario.

Razones del veto

El artículo 2 del Acuerdo Gubernativo 159-2026 contiene el argumento central utilizado por el Gobierno para justificar el veto.

Según el documento, resulta conveniente vetar el Decreto 21-2026 debido a que el apoyo social temporal contemplado en esa normativa tendría como fuente de financiamiento los ingresos tributarios.

El Ejecutivo advierte que ese mecanismo podría entrar en vigor simultáneamente con una exención tributaria aprobada por el Congreso, situación que podría comprometer los planes incluidos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado vigente.

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La referencia corresponde al Decreto 22-2026, mediante el cual se estableció una exención temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) aplicable a los combustibles.

Esta normativa también fue publicada este miércoles en el Diario de Centro América y entrará en vigencia el 1 de octubre.

Ante ese escenario, el Acuerdo Gubernativo señala que debe analizarse previamente el comportamiento de la recaudación tributaria antes de implementar un mecanismo de apoyo financiado precisamente con esos ingresos.

El Ejecutivo argumenta además que el veto busca garantizar el funcionamiento de las instituciones del Estado y el cumplimiento de los programas y proyectos de inversión previstos, así como las metas y objetivos sectoriales, regionales e institucionales.

El artículo 3 del Acuerdo Gubernativo ordena devolver al Congreso el Decreto 21-2026 junto con las observaciones que fundamentan el veto.

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