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Exoneran de impuestos a las importaciones del Departamento de Agricultura de EE. UU.

  • Por Susana Manai
27 de octubre de 2026, 18:36
El Congreso aprobó el Decreto 25-2026 con 117 votos a favor. (Foto ilustrativa: Shutterstock) 

El Congreso aprobó el Decreto 25-2026 con 117 votos a favor. (Foto ilustrativa: Shutterstock) 

El Legislativo aprobó el Decreto 25-2026, que exonera del IVA y de derechos arancelarios las importaciones que realice el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) para programas de cooperación y asistencia en Guatemala.

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El Congreso aprobó este martes 27 de octubre el Decreto 25-2026 con 117 votos a favor, que establece una exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los derechos arancelarios para las importaciones de bienes, suministros, donaciones e insumos que realice el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA).

La ley exonera del IVA y de derechos arancelarios las importaciones que realice el USDA. (Imagen: captura de pantalla)
La ley exonera del IVA y de derechos arancelarios las importaciones que realice el USDA. (Imagen: captura de pantalla)

El beneficio tendrá una vigencia de 10 años y se aplicará exclusivamente a las importaciones destinadas a programas de cooperación y asistencia social que desarrollen proyectos relacionados con educación, nutrición y productividad agrícola.

Según el nuevo decreto estos bienes e insumos deberán utilizarse en programas que beneficien a entidades gubernamentales y no gubernamentales, dentro de proyectos orientados al desarrollo económico del país.

¿Quién fiscalizará el beneficio?

La ley establece que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) tendrá a su cargo la fiscalización del correcto uso del beneficio fiscal.

Mientras tanto, la Contraloría General de Cuentas (CGC) ejercerá sus funciones de fiscalización y control gubernamental sobre el manejo, recepción y ejecución de las donaciones que reciban las entidades beneficiarias.

El beneficio se aplicará durante 10 años y estará limitado a programas específicos de cooperación. (Foto ilustrativa: Shutterstock)
El beneficio se aplicará durante 10 años y estará limitado a programas específicos de cooperación. (Foto ilustrativa: Shutterstock)

El decreto ahora debe ser remitido al Organismo Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación.

¿Qué cambia con la enmienda?

Durante la aprobación por artículos, los diputados aprobaron una enmienda por sustitución total al artículo 3.

Una enmienda eliminó del artículo 3 la referencia a que el decreto fue declarado de urgencia nacional. (Imagen: captura de pantalla)
Una enmienda eliminó del artículo 3 la referencia a que el decreto fue declarado de urgencia nacional. (Imagen: captura de pantalla)

La propuesta original establecía que el decreto había sido declarado de urgencia nacional y aprobado en un solo debate. Sin embargo, esa enmienda eliminó esa referencia y dejó el artículo solo como una disposición sobre la vigencia, es decir, el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

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