Los influencers ecuatorianos revelaron que fueron separados y mantenidos incomunicados por varias horas antes de ser deportados.
EN CONTEXTO: Influencers con visa de turista no podrán crear contenido en EE.UU.
Una pareja de ecuatorianos fue deportada luego que las autoridades migratorias de Estados Unidos la detuviera. Se trata de Kike Jav y Tamara Rivera, quienes indicaron que apoyarían a su selección en el Mundial de fútbol.
A través de sus redes sociales, Jav confesó que el viaje incluía planes "personales y profesionales que quedaron truncados".
Según su relato, la detención ocurrió cuando Jav intentó realizar un video streaming. Además, explicó que la persona encargada de organizar un evento deportivo que iba a cubrir mantiene amistad con integrantes de una conocida familia ecuatoriana con la que él asegura no tener una buena relación. El influencer reveló que, quizá hubo alguna denuncia en su contra, según le detallaron sus abogados.
Mira aquí el video:
La advertencia de Estados Unidos
Pese a que la información revelada por el influencer deportado, junto con su pareja, no detalla las razones por las que fueron deportados; lo descrito encaja con la reciente prohibición difundida por Estados Unidos en contra de los creadores de contenido.
Las autoridades de Estados Unidos han reiterado que los extranjeros que ingresen al país con una visa de turista no tienen autorización para realizar actividades que puedan considerarse trabajo remunerado, incluida la creación de contenido digital con fines comerciales o monetizados.
La advertencia ha cobrado relevancia debido a la llegada prevista de miles de creadores de contenido, influencers, youtubers y, en resumen, generadores de contenido para redes sociales que buscan cubrir el Mundial de fútbol desde territorio estadounidense.
Aunque la legislación migratoria estadounidense no menciona de forma específica a los influencers, las autoridades aplican las normas vigentes sobre empleo y trabajo autorizado a las nuevas actividades económicas desarrolladas a través de plataformas digitales.
De acuerdo con el Departamento de Estado de Estados Unidos, la visa B-2 está destinada exclusivamente para actividades turísticas, visitas familiares, tratamientos médicos y otras actividades recreativas o personales.
Esta categoría de visa precisa claramente que no se autoriza a sus portadores a desempeñar trabajos o actividades laborales dentro del país.
Visas de negocio y de turismo
La base legal se encuentra en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act, INA) y en el Manual de Asuntos Exteriores del Departamento de Estado (Foreign Affairs Manual o FAM).
Dichas normativas son utilizadas por los funcionarios consulares para determinar la elegibilidad de los solicitantes de visas.
En particular, la sección 9 FAM 402.2, que regula las visas de negocios y turismo B-1/B-2, establece que los visitantes temporales no pueden participar en lo que las autoridades denominan "productive labor" o trabajo productivo mientras se encuentran en Estados Unidos.
Debido a esto, cuando una persona viaja al país con el propósito de producir contenido para redes sociales, generar ingresos mediante monetización o desarrollar actividades comerciales con marcas y patrocinadores, deja de encuadrarse dentro de las actividades permitidas para un turista.
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos y el Departamento de Seguridad Nacional han señalado recientemente que la creación de contenido con fines de lucro puede considerarse una actividad laboral cuando genera ingresos desde territorio estadounidense.
Visa O-1
En el caso de los influencers y creadores de contenido digital, particularmente aquellos con amplia trayectoria, contratos comerciales relevantes, audiencias masivas y reconocimiento documentado podrían servir para ser elegibles para una visa O-1.
Esta categoría resulta particularmente relevante en el contexto del Mundial de fútbol, ya que permitiría desarrollar trabajo legalmente autorizado en territorio estadounidense.
Lo anterior no es posible con la visa de turista B-2, limitada a actividades recreativas y que no contempla la realización de trabajo productivo o remunerado.
La celebración del Mundial de Fútbol 2026, que tendrá como sedes Estados Unidos, México y Canadá, deriva en una afluencia masiva de visitantes, incluidos creadores de contenido digital que buscan aprovechar el alcance global del evento.



