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La multa que cobra la SAT por cada factura emitida incorrectamente

  • Por Heidi Loarca
19 de octubre de 2022, 10:18
Quienes sigan emitiendo facturas "C/F" en ciertos montos de dinero serán sancionados. (Foto: archivo/Soy502)

Quienes sigan emitiendo facturas "C/F" en ciertos montos de dinero serán sancionados. (Foto: archivo/Soy502)

La Superintendencia de administración tributaria (SAT) tiene contemplada una sanción a aquellos que sigan emitiendo facturas C/F por compras mayores a Q 2,500

OTRAS NOTICIAS: Estas cantidades se podrán facturas como "C/F"

El titular de la SAT, Marco Livio Díaz aseguró que se tiene prevista una multa a quienes no se acoplen a lo estipulado en el acuerdo 245-2022, sobre las reformas al reglamento de la ley del IVA que se aprobó la semana pasada.

La normativa puntualiza que solo será posible emitir facturas por consumos hasta de Q2,500 o por servicios hasta de Q500. El objetivo de ello es poder tener un mejor control en la recaudación fiscal. Sin embargo, el funcionario aclaró que no se controlará el consumo de guatemaltecos.

Explicó que la medida va dirigida a los que compran para revender y están involucrados en el contrabando, evadiendo impuestos. Díaz señala que las compras elevadas registradas como C/F son evasión de impuestos porque no es consumo. "No es una medida para controlar al guatemalteco que consume, es una medida a aquellos comerciantes que comprar para revender."

Con las facturas "C/F" se pierde la cadena de la recaudación del IVA. (Foto: captura de pantalla)
Con las facturas "C/F" se pierde la cadena de la recaudación del IVA. (Foto: captura de pantalla)

Además, Díaz resaltó que anualmente se han detectado que hay Q15 mil millones en facturas mayores a Q 25 mil como C/F. Con esto no solo se promueve la evasión sino que se mantiene la informalidad. Es por ello que se estableció una sanción de Q 100 por cada factura que no se emita con los requisitos detallados en el reglamento del IVA y a quien se va a sancionar será al emisor.

Una de las ventajas que destacó el jefe de la SAT es que al contar con facturas debidamente identificadas con el NIT es que al consumidor le sirven para su declaración anual del ISR. Por otro lado, Díaz explicó al sector exportador que las facturas que tengan que emitir a extranjeros las deben registrar con el NIT de empresa extranjera.

El pasado viernes 14 de octubre, en el Diario de Centroamérica se publicó el acuerdo 245-2022 donde se realizaron las modificaciones en el reglamento del IVA. La normativa entrará en vigencia a partir del 14 de enero 2023.

Solo se pueden facturas hasta Q 2,500 por consumo o Q 500 en servicios. (Foto: captura de pantalla)
Solo se pueden facturas hasta Q 2,500 por consumo o Q 500 en servicios. (Foto: captura de pantalla)
Emitir facturas con NIT genera beneficios. (Foto: captura de pantalla)
Emitir facturas con NIT genera beneficios. (Foto: captura de pantalla)

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