En 2016, los diputados reformaron la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP). Entre los cambios principales se encuentra la inclusión del voto en el extranjero. Esto permitirá que los connacionales que viven en otros países se involucren en la toma de decisiones locales.
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Sin embargo, esta modificación no aplica para las consultas populares. El artículo 12 de la LEPP establece que “se instituye el derecho al voto en el extranjero a los ciudadanos guatemaltecos de conformidad con esta Ley para elegir al presidente y vicepresidente".
Es decir, los migrantes solo podrán votar por presidente y vicepresidente. Durante la discusión de esta reforma se intentó incluir un artículo para que los migrantes pudieran elegir diputados del Listado Nacional, pero no prosperó.
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El artículo 67 de la misma norma añade que esta modalidad empezará a funcionar a partir de las elecciones de 2019.
El Tribunal Supremo Electoral ya desarrolló el reglamento del voto en el extranjero, en este se establece que los migrantes tendrán que empadronarse o actualizar sus datos vía internet.