La reforma establece como delito de violación cualquier relación sexual entre un adulto y un menor de edad, incluso si no existe violencia física o psicológica.
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El Congreso aprobó el Decreto 10-2026, una reforma al Código Penal que busca cerrar vacíos legales en torno a las relaciones sexuales con menores de edad.

1. Vacío legal desde 2009
El diputado oficialista Raúl Barrera explicó que el Decreto 10-2026 corrige un vacío legal que se originó en 2009, un retroceso frente a lo que ya establecía el Código Penal de 1973. Según indicó, esa normativa anterior prohibía de forma clara las relaciones sexuales entre adultos y menores.
Sin embargo, en 2009 se fijó en 14 años la edad mínima de consentimiento sexual, es decir, algunos casos dejaron de considerarse automáticamente delito y comenzaron a depender del "consentimiento" de los menores.

Además, indicó que entre el 2015 y 2017 se prohibió el matrimonio infantil, pero no se ajustó el Código Penal, entonces, según el Estado, los menores ya no podían casarse, pero la ley no sancionaba con claridad las relaciones con adultos y menores de 14 años.
Para el diputado Barrera esta "distorsión" abrió un espacio de impunidad que ahora se busca cerrar con la reforma contenida en el Decreto 10-2026.
2. Delito de violación
Con la reforma al artículo 173, se establece que las relaciones sexuales con menores, especialmente en condiciones de vulnerabilidad y vayan en contra de la integridad sexual se sancionen con mayor claridad con penas de entre ocho y catorce años de prisión, sin posibilidad de optar por algún beneficio.

La nueva ley también establece que toda relación sexual con una persona menor de 14 años se considera violación, incluso si no existe violencia física o psicológica.
Además, refuerza sanciones y elimina vacíos que antes podían ser utilizados como argumento de defensa.
3. Adultos y adolescentes
Mientras que las relaciones entre adultos y menores pasan a ser consideradas delito, la normativa contempla un tratamiento distinto para relaciones entre adolescentes.
- Si hay un adulto involucrado, se considera delito.
- Si son relaciones entre adolescentes sin violencia, se abordarán con medidas no penales.
En el segundo caso, cuando no haya violencia, las medidas aplicables serán de carácter socioeducativo, conforme a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.
4. Protección integral
El Decreto 10-2026 obliga al Estado a brindar atención médica, psicológica y establece asistencia legal en el idioma de la víctima y la creación de redes de apoyo para personas afectadas por violencia sexual.
Las víctimas menores de edad podrán recibir ayuda a través del programa VIDA del Ministerio de Desarrollo Social que incluye un bono económico periódico.

Además, se establece que las instituciones públicas deberán ajustar sus protocolos en un plazo de 30 días y garantizar recursos para la implementación de estas disposiciones.
¿Por qué es importante?
El diputado Barrera afirmó que esta reforma representa "una transformación jurídica" que busca cerrar espacios de impunidad y proteger mejor a la niñez. También advirtió que su implementación requerirá educación y difusión para que la población comprenda los cambios.




