Propietarios de más de la mitad del parque vehicular no han cumplido con la liquidación del Impuesto sobre Circulación de Vehículos.
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A un mes de que venza el plazo legal para el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) el próximo 31 de julio de 2026, casi el 59.56% de los propietarios no ha cumplido con el gravamen, informó la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Datos oficiales de la SAT revelan que, al 30 de junio, solo el 40.44% (2,727,590 unidades) del parque vehicular activo ha solventado la obligación fiscal.
Esta ralentización en el cumplimiento sitúa la recaudación actual en Q690.36 millones, una cifra distante de la meta institucional establecida en Q1,495.13 millones para el presente ejercicio.
El rezago plantea un reto técnico para la recaudación del Estado, que en 2025 logró captar Q1,412.5 millones, superando con holgura la meta de Q1,228 millones fijada originalmente para ese lapso.
El parque vehicular activo de Guatemala asciende a 6 millones 720 mil 052 unidades registradas, de las cuales 3 millones 992 mil 462 (59.56%) se encuentran pendientes de pago a falta de cuatro semanas para el límite.
Al desglosar este inventario nacional, las motocicletas constituyen el segmento dominante de las calles con 3 millones 438 mil 359 registros, seguidas por los vehículos particulares con 2 millones 853 mil 017 y el transporte comercial con 428 mil 676 registros.
Según los datos de la SAT, el rezago del pago impacta de forma transversal a todas las categorías, aunque mayormente en los usuarios de dos ruedas y en los automóviles de uso personal.

Sanciones por incumplimiento
El atraso en la liquidación de la obligación tributaria después del 31 de julio activa automáticamente las penalizaciones financieras del artículo 29 del Decreto 70-94.
La ley determina una multa del 100% sobre el valor del impuesto omitido, aunque la normativa concede una exoneración parcial del 75% si el contribuyente realiza el pago de manera voluntaria posterior al vencimiento.
A este recargo fijo se suma un componente del 12.65% de interés anual, calculado diariamente sobre el monto neto del impuesto.
Más allá del impacto económico directo, las autoridades de tránsito están facultadas para emitir multas en la vía pública por circular sin la calcomanía del año en curso impresa.

Cálculo y bases imponibles
La base técnica para determinar el cobro individual del gravamen se rige por la Tabla de Valores Imponibles que la SAT publica de manera anual.
Los porcentajes aplicados varían según el año del modelo, cobrándose un 2% para los modelos más recientes, reduciéndose paulatinamente hasta llegar a una tasa del 0.2% para las unidades antiguas.
Para este ejercicio fiscal, los contribuyentes mantienen el beneficio de una reducción del 50% sobre el monto determinado en las tablas, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 5 del Decreto 1-2013.
Plataformas y formas de pago
Para mitigar el riesgo de saturación en los días previos al cierre, el procedimiento informático exige validar los datos en el formulario electrónico SAT-4091 a través del portal Declaraguate.
La administración tributaria cuenta con cuatro modalidades habilitadas para la recepción de fondos: ventanillas presenciales en agencias bancarias, plataformas de banca virtual, el portal web Neoservicios para pagos directos con tarjetas de crédito o débito, y la red de cajeros automáticos 5B de las redes de Banrural y el Crédito Hipotecario Nacional.
| Estado del ISCV al 30 de junio de 2026 | |
Indicador / categoría | Datos de la SAT |
Meta de recaudación 2026 | Q1,495.13 millones |
Monto recaudado al corte | Q690.36 millones |
Vehículos solventes | 2,727,590 unidades (40.44%) |
Vehículos pendientes | 3,992,462 unidades (59.56%) |
Total del parque vehicular activo | 6,720,052 unidades |
| — Motocicletas | 3,438,359 unidades |
| — Vehículos particulares | 2,853,017 unidades |
| — Vehículos comerciales | 428,676 unidades |
| Fecha límite de pago | 31 de julio de 2026 |
| Sanciones post-vencimiento | Multa del 100% (descuento del 75% si es pago voluntario) e intereses del 12.65% anual calculado diario. |
Fuente: SAT




