Basados en la Ley de Orden Público emitida en 1965, analistas consideran que se debe sopesar su implementación y justificación.
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Durante los primeros meses de este año, el país vivió dos estados de prevención decretados por el presidente Bernardo Arévalo, implementados con el objetivo de frenar la violencia y combatir las pandillas que durante enero atacaron de manera directa a las fuerzas de seguridad.
Inicialmente, el presidente de la República, Bernardo Arévalo decretó el primer estado de prevención para adoptar medidas orientadas a contrarrestar los ataques contra las autoridades civiles por parte de integrantes de maras o pandillas. Luego se emitieron los decretos gubernativos 3-2026, 4-2026 y 5-2026
En abril, con el Decreto 6-2026, el mandatario en Consejo de Ministros, declaró un nuevo estado de prevención en siete departamentos para mantener los operativos contra el crimen organizado y restringir el accionar de las pandillas.
Después, en mayo, se prorrogó esta disposición con el Decreto 7-2026 cuya implementación fue de 15 días y abarcó seis departamentos: Guatemala, Escuintla, Petén, Izabal, San Marcos y Huehuetenango en cinco de los seis departamentos en los que se había decretado inicialmente, pues no se incluyó Izabal.
Algunos avances
En el inicio de la declaratoria de los estados de prevención, Arévalo recordó en cadena nacional que en enero, los terroristas del Barrio 18 lograron amotinarse en tres prisiones del país y los ataques contra la Policía Nacional Civil. Como consecuencia, el domingo 18 de enero anunció el decreto de estado prevención durante 30 días.
En su mensaje, el mandatario mencionó la captura de 83 pandilleros de alta peligrosidad. "Cortamos los sistemas de comunicación dentro de las cárceles y desbaratamos la coordinación con pandilleros en las calles (...) se redujeron las extorsiones en un 33%, a la mitad el número de homicidios y concluimos el 100% del censo penitenciario", describió.

Aprehensiones y recaptura
Según las estadísticas, durante los dos meses y cinco días que duró el estado de prevención, el Ministerio de Gobernación (Mingob), reportó la aprehensión de 8 mil 855 personas, de las cuales 2 mil 268 fueron por órdenes de capturas vigentes y 6 mil 247 en flagrancia (7 mil 863 hombres y 992 mujeres).
A las cifras, se agrega la recaptura de José Carmelo Sinay Ortiz, alias "El Inquieto", de la estructura criminal Solo para locos, parte del Barrio 18, quien se había fugado de la cárcel Fraijanes 2 en octubre de 2025.
La captura de Sinay se desarrolló, en cumplimiento a la diligencia de allanamiento, inspección, registro y secuestro de evidencia realizada por la División Nacional Contra el Desarrollo Criminal de las Pandillas (DIPANDA), en Quetzaltenango.

Además, en las cifras de aprehensiones en ese lapco, sobresale la captura de 285 pandilleros y 324 extorsionistas.
Resultados de extraditables
En el tema de las capturas con fines de extradición, las estadísticas del Mingob señalan la aprehensión de 10 individuos buscados por la justicia de otros países, en su mayoría, por delitos relacionados al tráfico de drogas.
Entre estos casos ocurrió la detención en el barrio Alegre, La Blanca, San Marcos, de Audias Juncos Vásquez, alias "Cachetes", requerido por la justicia estadounidense acusado de narcotráfico.

Más datos
En el informe presentado por el Mingob, resaltan cifras relacionadas a vehículos, con 1 mil 928 automotores consignados y 138 recuperados.
Respecto a las motocicletas, se reportaron 9 mil 403 puestas a disposición de las autoridades y 335 recuperadas.
También se reportó la desinstalación de 123 cámaras de videovigilancia y la inhabilitación de un dispositivo de estos, en su mayoría habían sido colocadas en sectores de las zonas 18 y 7 capitalinas.

Además, hubo 21 requisas en centros penitenciarios, cuyos resultados arrojaron la incautación de 9 armas de fuego, 752 teléfonos celulares, 40 radios portátiles, 38 router, 15 cámaras, 30 tarjetas SIM y 53 televisores, entre otros.
"Faltó justificación"
El consultor asociado del Centro de Investigación Económicas Nacionales (CIEN), Francisco Quezada, aseguró que la implementación de estas medidas debe contribuir a bajar la amenaza, pues la restricción de garantías de primer orden, contribuye a que el gobierno recupere la seguridad.
Sin embargo, expresó que faltó justificación, pues si bien psicológicamente la declaratoria pudo haber servido, ya que las personas ven que el gobierno esta haciendo algo extraordinario, desde el punto de vista legal, "no hubo coherencia".
El experto llamó a ser "cauto" cuando se habla de una medida de esta magnitud, porque puede tener un doble fondo, o puede utilizarse para generar un elemento psicológico mediático de indica que el gobierno está actuando, lo que, a su criterio, sucedió.
Respecto al origen de los estados de prevención decretados, Quezada dijo que se adoptaron para evitar el ataque a elementos policiales, al intensificar patrullajes y tener presencia en los lugares en donde focalizó el núcleo del problema, lo que contribuyó a bajar la cifra de homicidios, pero agregó que no se necesita una medida de este tipo para sacar al Ejército a las calles y tener un control perimetral en las cárceles.
Ley antigua
El analista jurídico independiente, Oscar Morales, aseguró que ejecutar este tipo de medidas excepcionales sirven, si la situación lo amerita, para ejecutar acciones que da más fluidez de carácter administrativo.
Expresó que, pese a que ve como positivas las medidas que el Ejecutivo implementó, estaban atrasadas desde el punto de vista Legislativo, ya que se siguen utilizando para actuar de manera pronta y sin tantos obstáculos en la toma de decisiones.
Afirmó que cuando el mandatario se ve obligado a usar esas medidas es porque tiene una razonabilidad suficiente para actuar de esa forma basado en la las normas, pero las medidas se deben regular de nuevo porque son antiguas, ya que provienen de una norma descontinuada (Ley de Orden Público emitida en 1965), sin embargo, concluyó en que es lo que hoy tiene el presidente para actuar legalmente.





