Expertos advierten que las suspensiones derivadas del incumplimiento de notificaciones generan retrasos que pueden extenderse durante semanas o incluso meses.
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"La audiencia fue suspendida por imposibilidad material, puesto que el Sistema Penitenciario no trasladó a uno de los implicados en este caso". Esta es una de las frases recurrentes en los tribunales de justicia para justificar la suspensión de audiencias en los distintos órganos jurisdiccionales del país, dando lugar al incumplimiento de notificaciones.
Datos proporcionados por el Sistema Penitenciario (SP) indican que la cantidad promedio de traslados diarios de todos los centros de detención a tribunales consiste en unos 148 hombres y 50 mujeres, sin embargo, hay órdenes que no se cumplen por diversas razones, dejando sin traslado a 9 de los primeros y 5 féminas.
Según el SP, los motivos por los cuales no se ejecutan dichos traslados son porque los privados de libertad se niegan a salir de su sector o tienen cirugías que les impiden movilizarse.
Otros argumentan que tienen dos o más audiencias programadas para el mismo día y horarios pero también existe otro factor, la falta de vehículos para concretar los traslados.
Aunque la cantidad de traslados de personas privadas de libertad hacia los diferentes juzgados varía considerablemente, exfuncionarios del SP estiman que, a nivel nacional, se atienden entre 500 y mil notificaciones diarias emitidas por las distintas judicaturas.
A ello se suma la coordinación interinstitucional con la Policía Nacional Civil (PNC). Según exfuncionarios del SP consultados, aunque la institución brinda apoyo para los traslados, la cantidad de agentes disponibles resulta insuficiente, ya que parte del personal debe permanecer resguardando el perímetro de los centros carcelarios.

"Un ejemplo es que, si son asignados 3 mil 500 elementos de la PNC, esa fuerza se reduce por los agentes que son suspendidos por cualquier razón, además de los que permanecen resguardando los diferentes centros carcelarios", explicó un extitular de dicha dependencia.
Los exfuncionarios también aclararon que las notificaciones dirigidas al Sistema Penitenciario deben recibirse con al menos 72 horas de anticipación a la fecha programada para el traslado, aunque existen excepciones cuando se trata de diligencias urgentes que requieren la comparecencia inmediata de la persona privada de libertad.
La falta de vehículos
La investigadora asociada del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), Corinne Dedik y el exdirector del SP, Eddy Morales, explicaron que las suspensiones de traslados responden a diversos factores.
Por ejemplo, si bien recientemente el SP amplió su parque vehicular con el objetivo de fortalecer el traslado de personas privadas de libertad hacia los órganos jurisdiccionales, la falta de comparecencia de los reclusos continúa generando un impacto negativo en el desarrollo de los procesos penales, según Dedik.

Esto se debe a que, cuando un privado de libertad no es trasladado, la audiencia debe suspenderse y reprogramarse, lo que repercute directamente en la agenda de los jueces, la cual, en muchos casos, ya se encuentra saturada.
"Entonces, como las agendas usualmente ya están ocupadas, a veces esa reprogramación se da hasta dentro de varias semanas o inclusive meses y eso alarga el proceso penal.
La investigadora advirtió que estas reprogramaciones afectan tanto a las personas sujetas al proceso como a las víctimas. Por un lado, quien permanece en prisión preventiva puede pasar más tiempo privado de libertad del que inicialmente habría correspondido; por otro, la persona agraviada enfrenta una mayor incertidumbre al prolongarse la resolución del caso.
Negativas de los reos
Una de las razones por las que no se ejecutan dichos traslados es porque los privados de libertad se niegan a salir de su sector o se reportan enfermos. Según indicaron, esta puede ser una estrategia de la defensa para evitar la comparecencia, situación que debe respaldarse con certificaciones médicas y que posteriormente debe ser valorada por el juez, quien, de considerarlo necesario, puede solicitar la intervención del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
No obstante, la entrevistada subrayó que esa condición debe ser debidamente comprobada.

Audiencias el mismo día y falta de agentes
Otra situación son las coincidencias de horarios. Hay ocasiones en que el señalado tiene dos o más audiencias programadas para el mismo día; en diferentes judicaturas, por lo que se hace difícil el traslado; a la vez que muchas de estas no tienen hora de finalización, por el mismo proceso.
A ello se suma que en algunas ocasiones la cantidad de agentes disponibles resulta insuficiente, ya que parte del personal debe permanecer resguardando el perímetro de los centros carcelarios.
"Un ejemplo es que, si son asignados 3 mil 500 elementos de la PNC, esa fuerza se reduce por los agentes que son suspendidos por cualquier razón, además de los que permanecen resguardando los diferentes centros carcelarios", explicó un extitular de dicha dependencia, que prefirió el anonimato
Seguridad y coordinación institucional
Morales explicó que, en algunos casos, el traslado de personas privadas de libertad debe suspenderse por razones de seguridad vinculadas a los operativos de movilización.
Según indicó, las autoridades evalúan posibles amenazas contra jueces, personal del Sistema Penitenciario o las caravanas de traslado, con base en información de inteligencia que, en determinadas situaciones, advierte sobre el riesgo de emboscadas o ataques.
Ante ese escenario, es necesario reforzar los protocolos de seguridad o, incluso, reprogramar las audiencias.Indicó que, en algunos casos, existen juzgados donde los traslados no se realizan por razones de seguridad o por aspectos relacionados con la coordinación entre las instituciones involucradas.
Consultado sobre las consecuencias de incumplir una orden judicial de traslado, Morales indicó que los responsables pueden enfrentar acciones legales, tanto el director del Sistema Penitenciario como el director del centro de detención correspondiente, dependiendo de las circunstancias del caso.
Asimismo, señaló que el volumen de notificaciones que recibe el Sistema Penitenciario también es variable debido a la dinámica diaria del sistema de justicia.
Finalmente, explicó que la responsabilidad de ejecutar los traslados recae en el Sistema Penitenciario, que, a través de la Subdirección de Operaciones y de la Unidad de Transporte de Reclusos (UTR), coordina y realiza el traslado de las personas privadas de libertad hacia los distintos órganos jurisdiccionales.






