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¿Ya recibiste tu aguinaldo? Esto debes saber, según el Ministerio de Trabajo

  • Por Heidi Loarca
16 de diciembre de 2022, 16:29
El pago del aguinaldo inicia a ser pagado en diciembre. (Foto: archivo/Soy502)

El pago del aguinaldo inicia a ser pagado en diciembre. (Foto: archivo/Soy502)

Desde este 16 de diciembre, el Ministerio de Trabajo ha iniciado los operativos para verificar el cumplimiento del pago de aguinaldo

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El Ministerio de Trabajo explica cómo debe hacerse el pago del aguinaldo, la cantidad y el momento cuando corresponde. Así mismo, detalla lo que sucede en caso no se recibe dicha prestación, además de la dependencia de ese ministerio que se encarga de verificar que el aguinaldo sea pagado correctamente.

La cartera de Trabajo indica que el aguinaldo es una prestación irrenunciable que representa un salario adicional al que tienen derecho los trabajadores y que los empleadores deben pagar de forma obligatoria cada año según lo establecido en la Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo (decreto número 76-78).

Dicha normativa establece que el empleador debe pagar el equivalente al 100% de un mes de salario ordinario mensual a los trabajadores que tengan un año de trabajar continuamente en la misma empresa. Si el trabajador tiene menos de un año de trabajar en la institución o empresa, el pago será proporcional al tiempo laborado.

Es importante destacar que para el pago de la prestación del aguinaldo debe dejarse constancia escrita y no puede sustituir el pago monetario por pago en especie. El aguinaldo es inembargable salvo las excepciones que prescriban leyes especiales.

María Isabel Salazar Urrutia, viceministra de Administración de Trabajo explica que el aguinaldo se comienza a pagar en su totalidad desde el 15 de diciembre, o bien se puede pagar en dos partes, es decir que el 50% se entrega en la primera quincena de diciembre y el 50% restante en la segunda quincena de enero del año siguiente.

¿Qué sucede si el aguinaldo no es pagado?

En caso de no recibir dicha prestación, las personas afectadas pueden interponer una denuncia ante la Inspección General de Trabajo acercándose a la sede departamental más cercana del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a la sede central ubicada en zona 9 de la ciudad capital, o llamando a la Línea de Atención al Ciudadano 1511 si se trata de una denuncia colectiva, es decir si se trata de una denuncia para un grupo de trabajadores de la misma institución y no individual.

Por su parte el Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de la IGT, realiza operativos a nivel nacional con el objetivo de verificar que los empleadores hagan efectivo el pago de aguinaldo a sus trabajadores. Salazar informa que desde este 16 de diciembre han dado inicio dichos operativos.

Si la IGT confirma que el empleador no pagó el aguinaldo, podrá sancionar al empleador con una multa de 8 hasta 18 salarios mínimos, según lo establecido en el Código de Trabajo, artículo 272, literal a.

Por otro lado la viceministra hace un llamado para que los trabajadores hagan un uso efectivo y responsable del salario adicional que reciben por la prestación aguinaldo, para que puedan cubrir tus gastos de diciembre y enero.

 

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