La Ley Interés Preferencial para Facilitar el Acceso a la Vivienda Social tiene como objetivo crear las bases institucionales, técnicas, sociales y financieras que permitan el acceso a una vivienda digna.
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Este miércoles 20 de abril se tiene previsto que se conozca en tercera lectura y redacción final, en el Congreso de la República, la iniciativa de Ley de Interés Preferencial para Facilitar el Acceso a la Vivienda Social.
La colocación de la normativa en la agenda del Legislativo, fue agradecida por el presidente de la República, Alejandro Giammattei, quien considera que esta ley permitirá el acceso a una primera vivienda social digna a miles de familias guatemaltecas.

¿De qué trata la Ley?
Según se lee en la iniciativa, esta tiene por objetivo "crear las bases institucionales, técnicas, sociales y financieras que permitan el acceso a una vivienda digna mediante la institucionalización y regulación de un mecanismo que fomente la adquisición de vivienda para uso habitacional denominado tasa de interés preferencial para préstamos hipotecarios".
La normativa indica que uno de los requisitos mínimos para optar al subsidio es "ser guatemalteco". Así como: "constituir un matrimonio, unión de hecho o adultos pero con familiares dependientes".
También a "las madres y padres solteros, las madres y padres viudos y las personas de la tercera edad y aquellas con capacidad diferenciada", explica la ley.
Además, se deberá demostrar que carece de vivienda propia, que el inmueble que será adquirido tiene los servicios básicos mínimos para una vivienda digna y que el valor del inmueble no excede de 50 mil dólares o su equivalente en quetzales.
Finalmente, se realizarán estudios socio-económicos para demostrar que la persona o grupo familiar es sujeto del subsidio, de conformidad con los requisitos mencionados.

¿Quienes otorgarán el financiamiento?
De acuerdo con el artículo 6 de la iniciativa, las entidades autorizadas para otorgar financiamiento para la compra de vivienda y aplicar a los beneficios son: los bancos autorizados conforme a la Ley, cooperativas de vivienda y fideicomisos de vivienda.
Mientras tanto, el tiempo en que se aplique el subsidio no deberá exceder de diez años, contados a partir de la primera amortización que se realice.
Las entidades autorizadas para otorgar el financiamiento están obligadas a remitir al Fondo para la Vivienda (Fopavi) de manera mensual, dentro de los siguientes quince días del mes que corresponde, el informe detallado del número de créditos que haya otorgado.
Préstamos hipotecarios
Segun Giammattei, dicha ley faculta al Gobierno a cubrir el 40% de la tasa de interés de referencia para operaciones de compra de vivienda para los primeros 4 años y el 30% para los siguientes 3 años, "con lo que las familias podrán tener una vivienda digna y segura a un costo financiero más bajo", reiteró el mandatario en una publicación en la red social Twitter.
De aprobarse, esta ley permitirá el acceso a una primera vivienda social digna a miles de familias guatemaltecas de bajos ingresos económicos al facilitarles una tasa de interés preferencial escalonada para préstamos hipotecarios.
— Alejandro Giammattei (@DrGiammattei) April 19, 2022






