El Ministerio de Energía y Minas (MEM) ha fijado las tarifas para vehículos eléctricos de transporte de carga con fines comerciales.
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En el Diario de Centro América, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó el tarifario aplicable para licencias de operación comercial de centro de carga para vehículos y sistema de transporte eléctrico. Esto con el objetivo de cumplir con la Ley de Incentivos para la Movilidad Eléctrica, Decreto 40-2022.
El acuerdo publicado este miércoles 18 de octubre (234-2023) indica que las tasas cobrarán vigencia a partir de 31 de diciembre de 2026.
Así quedan las tarifas:
A partir del 31 de diciembre, 2026:
Tasa administrativa para licencia de operación comercial de centros de carga para vehículos eléctricos menores a 100 kilovatios - Q 1.00
Tarifas a partir del 1 de enero, 2027:
Tasas administrativas para licencia de operación comercial de centros de carga para vehículos eléctricos menores a 25 kilovatios
Licencia - Q 2,000
Renovación de licencia - Q 2,000
Cesión o modificación de licencia - Q 1,000
Restablecimiento de licencia de operación comercial de centro de carga para vehículo eléctrico - Q 500
Actualización de datos de licencia - Q 500
Certificaciones - Q 500
Tasas administrativas para licencia de operación comercial de centros de carga para vehículos eléctricos mayores a 25 y menores a 100 kilovatios
Licencia - Q 3,000
Renovación de licencia - Q 3,000
Cesión o modificación de licencia - Q 1,500
Restablecimiento de licencia de operación comercial de centro de carga para vehículo eléctrico - Q 500
Actualización de datos de licencia - Q 500
Certificaciones - Q 500
Tasas administrativas para licencia de operación comercial de centros de carga para vehículos eléctricos mayores a 100 kilovatios
Licencia - Q 5,000
Renovación de licencia - Q 5,000
Cesión o modificación de licencia - Q 2,500
Restablecimiento de licencia de operación comercial de centro de carga para vehículo eléctrico - Q 500
Actualización de datos de licencia - Q 500
Certificaciones - Q 500
Tasas administrativas para licencia de operación comercial de centros de carga sistema de transporte eléctrico
Licencia - Q 8,000
Renovación de licencia - Q 8,000
Cesión o modificación de licencia - Q 4,000
Restablecimiento de licencia de operación comercial de centro de carga para vehículo eléctrico - Q 500
Actualización de datos de licencia - Q 500
Certificaciones - Q 500
En el acuerdo se explica que las tasas podrán cambiar de valor cada cuatro años según el ritmo inflacionario. Asimismo, la orden de pago será extendida por el Ministerio de Energía y Minas y se dispondrá de diferentes modalidades de pagos existentes en el sistema bancario nacional.
Los fondos recaudados de las tasas serán destinados a los gastos de funcionamientos que la Dirección General de Energía incurra para el cumplimiento de Decreto 40-2022.