Después de una serie de manifestaciones en contra de la Ley para la Protección de la Vida y la Familia y de que el presidente Alejandro Giammattei señalara que la iniciativa violaba convenciones internacionales, este martes la normativa fue archivada.
EN CONTEXTO: Congreso aprueba ley que penaliza el aborto y rechaza la diversidad sexual
Diputados del Congreso de la República aprobaron este martes 15 de marzo con 119 votos, el Acuerdo 6-2022, que archiva el Decreto 18-2022 o iniciativa 5272 Ley para la Protección de la Vida y la Familia.
Esta ley había sido aprobada el pasado 8 de marzo en horas de la noche, con 101 votos a favor, 51 diputados ausentes y 8 en contra.
La iniciativa 5272 provocó una serie de inconformidades y manifestaciones de diversos grupos, tanto en la ciudad de Guatemala, como en otros departamentos.

Dos días más tarde
Por su parte, el presidente de la República, Alejandro Giammattei pidió a los legisladores que archivaran ese Decreto, debido a que violaba por lo menos dos convenciones internacionales ratificadas por Guatemala.
En caso contrario, aseguró que si llegaba a su despacho, la normativa sería vetada. "El Decreto Ley 18-2022 viola dos convenciones de las cuales Guatemala es signataria, adolece de deficiencias técnicas en su redacción, pero lo más preocupante es que viola la Constitución Política de la República", indicó en aquel momento el presidente Giammattei.
¿En qué consistía la Ley?
Esta normativa aseguraba que buscaba proteger la vida, la familia y la institución del matrimonio entre hombres y mujeres. Así como la libertad de conciencia y de expresión y el derecho de los padres de educar y orientar a sus hijos en el ámbito sexual.
Además, dejaba en claro que la familia está conformada por el hombre y la mujer. También en el artículo 2 definía la Diversidad sexual, la familia nuclear y la familia ampliada.
Mientras que en el artículo 3 se refería al respeto a la vida y realizaba cambios al Código Penal e incrementaba la penalización a cualquier tipo de aborto.
"Artículo 139, Tentativa y aborto culposo. La tentativa de la mujer para causar su propio aborto y el aborto culposo propio, serán sancionados con prisión de 2 a 4 años"
La normativa rezaba que "El aborto culposo verificado por otra persona será sancionado con prisión de 2 a 4 años, siempre que tal persona tenga conocimiento previo del embarazo".
Educación sexual
La Ley para la Protección de la Vida y la Familia prohibía que las entidades educativas promovieran programas relativos a la diversidad sexual.
“Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”, reiteraba la iniciativa.
Prohibía matrimonio entre personas del mismo sexo
Esta normativa también prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo y la unión de hecho, en su artículo 16 y 17. Entre otras disposiciones.
Manifestaciones afuera del Congreso
Varias organizaciones participaron en una manifestación pacífica afuera del Congreso de la República, para exigir que se archivara la normativa. Mientras adentro se conocían las objeciones y observaciones.






