Sin lugar fue declarada, por la CC, la acción de inconstitucionalidad general por omisión con la que se pretendía suspender diversas disposiciones del Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
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La Corte de Constitucionalidad (CC), declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad general por omisión que buscaba suspender diversas disposiciones del Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).
La acción fue interpuesta por los abogados Diego Sagastume Vidaurre, Ricardo Sagastume Morales y Marcella Carolina Orr Solares.

En su resolución, la CC determinó que la acción planteada era improcedente por dirigirse contra un reglamento interno del Colegio y no contra una ley emitida por el Congreso de la República.
Con este fallo, según el CANG , se mantiene vigente el Reglamento de Elecciones, por lo que "no prosperó la pretensión de modificar, por la vía constitucional, las normas electorales que regulan la participación de los agremiados, preservándose el ejercicio de los derechos electorales conforme el marco normativo vigente, incluyendo la participación de los profesionales de ciencias afines".




