La Municipalidad de Guatemala reveló detalles sobre las plazas de estacionamiento sobre la vía pública. ¿Se cobrarán todos?
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Desde que se publicó la actualización del Reglamento de Servicio Municipal de Estacionamiento en la vía pública, guatemaltecos se han mostrado interesados respecto al tema pero también han planteado varias dudas en redes sociales.
Una de ellas es sobre las tarifas y formas de pago para estacionarse en la calle, lo que se explica en el artículo 19 del acuerdo publicado el lunes en el Diario de Centroamérica. Sin embargo, habrá parqueos habilitados en los que no se deberá efectuar pago.
Edgar Roman, Coordinador de la Unidad de Proyectos Estratégicos de la Municipalidad de Guatemala, conversó con Soy502 para abordar más a detalle el tema.

Román indicó que este proyecto que implementará parquímetros inteligentes, será controlado mediante una aplicación utilizada en dispositivos como celulares y computadoras. A través de ella, se efectuará el pago correspondiente.
Agregó que estos parqueos estarán identificados con rotulación y señalización vertical, e incluso horizontal. Donde no exista esa señalización pero sí sea un estacionamiento regulado por Emetra, no se realizará el pago, por el momento.
"Donde haya una demarcación en la calle que indique que sí se puede estacionar ahí, pero no haya señalización vertical que está habilitado con sistema de parquímetros inteligentes, eso significa que obviamente ahí no tenemos habilitado el sistema (parquímetro inteligente) pero que pueden estacionarse", expresó.
¿De qué depende que se cobre o no?
Román explicó a Soy502 que es parte de los diagnósticos que hacen por zona y sector. "Puede que por la naturaleza del sector, la dinámica sea distinta (...) De hecho, estamos trabajando manuales internos para que no sea discrecional y que sí existan lineamientos", mencionó.
El coordinador municipal indicó que existen excepciones que se mencionan en el reglamento sobre quienes no pagarán parqueo. "Por ejemplo, (vehículos) de extracción de basura u otros servicios básicos, esos análisis... Quizá hay residencias donde puede ser que no tengan estacionamiento en lo interno de sus hogares, y que quizá utilizan la vía pública para estos efectos, entonces queremos regularlo y no necesariamente se les va a cobrar", puntualizó.
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Esto deberás pagar
En el artículo 19 del acuerdo en cuestión se detallan las tarifas. Si el estacionamiento en la vía pública se utilizará para carga y descarga, se cobrarán Q20.00 por hora o fracción, con horarios y restricciones específicos de los lugares señalizados.
En cuanto a las motocicletas, por cada hora o fracción se cobrará Q2.50, a excepción de los domingos y días de asueto nacional, en donde no se aplicará el cobro de la tasa.
Ahora bien, en el caso de los vehículos, por cada 30 minutos o fracción: Q3.00; luego, a partir de la segunda hora, por cada 30 minutos: Q3.50. A partir de la cuarta hora, cada 30 minutos: Q4.00.

¿Y los horarios?
En el artículo 15 del acuerdo, se establece que el horario regular del servicio municipal de estacionamiento en la vía pública es de: lunes a sábado de 7:00 a 20:00 horas, y domingos y días de asueto no aplica cobro de tasa.
En cuanto al horario de carga y descarga del servicio, se podrán estacionar de lunes a sábado de 9:00 a 16:00 horas con estadía máxima de 60 minutos. Y de lunes a domingo, de 21:30 horas a 4:30 horas sin límite de estadía, no aplicando cobro de la tasa.

Sistema de pago
En el artículo 7 se especifica sobre la implementación de parquímetros inteligentes, los cuales podrán utilizarse mediante dispositivos electrónicos interconectados.
Juan Francisco Rodríguez, vocero de la Municipalidad de Guatemala, reveló a Soy502 que se tiene contemplado que el pago pueda realizarse a través de una aplicación de forma digital mediante tarjeta de crédito o débito, así como de la tarjeta ciudadana.
Los espacios de estacionamiento estarán localizados en las distintas zonas y áreas del municipio de Guatemala, donde se esté autorizado por Emetra conforme resultados de estudios correspondientes, explica el artículo 8.

¿Qué pasará con los "cuidacarros"?
La comuna capitalina explicó a Soy502 que las municipalidades no cuentan con una normativa legal para proceder al retiro de personas (en este caso, de quienes cuidan carros).
"Únicamente están facultadas para el retiro de utensilios u objetos que estén impidiendo el paso o la libre locomoción en la vía pública; por ejemplo, cubetas, botes, etc.", explicaron.
Por su parte, Rodríguez reiteró a Soy502 que "la ley nos permite el retiro de aquellos obstáculos que impidan el tránsito regular, desde los botes con cemento a algún otro tipo de obstáculo".
En cuanto a las personas que cuidan carros, dijo: "Es bien sabido que algunos han estado vinculados a los llamados cristaleros, roba baterías, insignias, retrovisores, etc., de tal cuenta es el ciudadano quién podrán hacer su denuncia ante el ente encargado de la persecución y la acción penal pública".
Añadió que la Municipalidad de Guatemala, mediante sus mandatarios judiciales, puede constituirse como querellante adhesivo.