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SAT explica cuándo iniciará la inhabilitación de contribuyentes que declaran a cero

  • Por Jessica Osorio
20 de mayo de 2025, 17:38
El titular de la SAT Werner Ovalle explicó la temporalidad para que entre en vigencia la inhabilitación de contribuyentes que declaren a cero. (Foto: Archivo/Soy502)

El titular de la SAT Werner Ovalle explicó la temporalidad para que entre en vigencia la inhabilitación de contribuyentes que declaren a cero. (Foto: Archivo/Soy502)

Las autoridades de la SAT dieron a conocer cuándo iniciará la inhabilitación de contribuyentes que declaren a cero.

EN CONTEXTO: SAT inhabilitará a contribuyentes que declaren a cero durante un año 

El titular de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Werner Ovalle, explicó los tiempos para la implementación del procedimiento de inhabilitación de contribuyentes que declaren a cero durante un año.

De acuerdo con el superintendente, la medida se dará en cumplimiento al Decreto 31-2024, que contiene la Ley para la integración del sector productivo, primario y agropecuario, misma que entró en vigencia en abril del presente año.

Ovalle durante una disertación sobre sus planes estratégicos, reformas, regulaciones y estrategias fiscales 2025. (Foto: AmCham - Guatemala/Soy502)
Ovalle durante una disertación sobre sus planes estratégicos, reformas, regulaciones y estrategias fiscales 2025. (Foto: AmCham - Guatemala/Soy502)

Basado en lo anterior, las autoridades de la SAT resolvieron que dicha medida empezará a implementarse un año después, es decir, en abril de 2026.

"Será en doce meses posterior a lo publicado porque eso nos va a permitir tener estrategias de comunicación para dar a conocer al contribuyente los derechos de la forma en que vamos a actuar, atender lo que establece la normativa y alinear los procedimientos internos que permitan hacer cumplimiento de esto", explicó Ovalle.

El funcionario agregó que darán a conocer todos los procedimientos en medios de comunicación y los canales de difusión de la SAT para que el contribuyente cuente con la información adecuada.

Se estima basado en estadísticas del año pasado que unos 590 mil contribuyentes estén en dicha situación. 

Lo que dice la ley

El Decreto 31-2024, establece que se puede suspender de oficio a quien de manera consecutiva presente doce o más declaraciones con valor cero en las casillas de ingresos y gastos en los formularios correspondientes.

Las medidas serían revocadas cuando el contribuyente regularice su situación y será la SAT la entidad que defina los procedimientos para el efecto, se indica en el artículo 19 del decreto en mención.

Extracto del artículo 19 en donde se explica la inhabilitación para la emisión de facturas electrónicas. (Foto: Captura de pantalla/Soy502)
Extracto del artículo 19 en donde se explica la inhabilitación para la emisión de facturas electrónicas. (Foto: Captura de pantalla/Soy502)

Presenta lineamientos estratégicos

Las declaraciones de Ovalle fueron vertidas al concluir un conversatorio sostenido con la Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (AmCham Guatemala), el cual tuvo por objetivo conocer los lineamientos estratégicos de la SAT.

Durante el evento participaron representantes del sector privado, socios de la cámara en mención y otros actores considerados clave. 

Representantes de AmCham Guatemala junto al superintendente de Administración Tributaria Werner Ovalle. (Foto: AmCham/Soy502)
Representantes de AmCham Guatemala junto al superintendente de Administración Tributaria Werner Ovalle. (Foto: AmCham/Soy502)

A criterio de AmCham, la SAT "ha logrado avances significativos en la recaudación tributaria", sin embargo, alertaron que es "crucial abordar los desafíos persistentes relacionados con el contrabando y las disposiciones legales que favorecen la evasión fiscal".

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