Las reformas en contra del robo y hurto de la energía eléctrica cuentan con penas más severas y ahora será posible castigar a grupos y no solo a personas individuales.
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Desde abril pasado entraron oficialmente en vigencia las modificaciones realizadas a la Ley contra la Delincuencia Organizada en Guatemala. Estas reformas tienen como objetivo fortalecer la lucha contra el hurto de energía eléctrica, gas y agua potable, mediante el aumento de las penas y multas para aquellos que cometan estos delitos.
El cambio fue implementado a través del Decreto 8-2023, el cual fue publicado en el Diario de Centro América. Esta medida reforma tanto el decreto 17-73, Código Penal, como el decreto 21-2006, Ley Contra la Delincuencia Organizada, y establece sanciones específicas para los delitos de robo y hurto de servicios básicos en el país.
Con estas reformas, se busca disuadir y combatir de manera más efectiva el hurto de energía eléctrica, gas y agua potable, delitos que afectan tanto a las empresas proveedoras como a la población en general. Además, las reformas permiten sancionar a grupos y no solamente personas individuales.
![Estos delitos no estaban tipificados anteriormente. (Foto: Heidi Loarca/Soy502)](http://www.soy502.com/sites/default/files/styles/escalar_image_inline/public/2023/Jun/14/screen_shot_2023-06-14_at_11.27.48_am.png)
Esta son las reformas:
Reformas en el Código Penal:
Hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales. Art. 249 Ter
Prisión de 5 a 8 años, multa de Q 5 mil a Q 10 mil sin prejuicio de la responsabilidad civil y administrativa que corresponda.
Se adiciona cobro ilegal de energía eléctrica art. 259 Quater
Prisión de 5 a 8 años multa de Q 10 mil a Q 50 mil sin prejuicio de la responsabilidad civil y administrativa que corresponda.
Hurto de fluidos, art. 249
prisión de 2 a 4 años, multa de Q 10 mil (antes solo se pagaban de Q 200a Q 3 mil)
Hurto de fluidos cometidos por grupos delictivo organizado u organización criminal. Art. 249 Bis
Prisión de 4-8 años, multa de Q 100 mil (esta acción antes no estaba tipificada).
![Con las reformas se ampliaron sanciones. (Foto: Heidi Loarca/Soy502)](http://www.soy502.com/sites/default/files/styles/escalar_image_inline/public/2023/Jun/14/screen_shot_2023-06-14_at_11.29.41_am.png)
Se contempla prisión de 5 a 8 años por el delito de robo de fluidos. (antes la sanción era hasta de 2 años)
Si el delito es cometido por un grupo delictivo u organización criminal la pena será de 8 a 12 años.
Atentado contra seguridad de servicios públicos, art. 294
Se extiende pena de 3 a 6 años por este delito (antes era hasta 5 años) y de 6 a 12 años si es cometido por grupos.
Encargados jurídicos de la Empresa Eléctrica de Guatemala (EEGSA) explicaron que, para determinar si se trata de robo o hurto, se examina si hubo violencia.
En ese sentido, el robo se considera cuando un individuo o grupo utiliza métodos no profesionales para el delito como cortar un cable con un machete. Sin embargo, cuando se utilizan métodos e instrumentos que usan expertos en la rama de la electricidad se considera hurto.
![Se amplia multa y se agrega nuevo delito. (Foto: Heidi Loarca/Soy502)](http://www.soy502.com/sites/default/files/styles/escalar_image_inline/public/2023/Jun/14/screen_shot_2023-06-14_at_11.27.29_am.png)
Reformas a la Ley Contra la Delincuencia Organizada:
Se adiciona la literal "e.7" art. 2 y 3 en el cual se considera grupo delictivo organizado u organización criminal si tres o más personas cometen el delito de hurto de fluidos, robo de fluidos y atentado contra la seguridad de los servicios de utilidad pública.
Conspiración Art. 3 Cometen este delito, quienes realicen el hurto de fluidos, robo de fluidos y atentado contra la seguridad de servicios de utilidad pública.
![Ahora se podrá castigar a grupos que cometan robo o hurto de electricidad. (Foto: Heidi Loarca/Soy502)](http://www.soy502.com/sites/default/files/styles/escalar_image_inline/public/2023/Jun/14/screen_shot_2023-06-14_at_11.30.15_am.png)
Lea el decreto 8-2023 aquí: