El Ministerio de Educación publicó el Código de Ética para sus empleados y enumeró una serie de actitudes aceptadas y otras prohibidas para que sean acatadas.
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El Ministerio de Educación (Mineduc) publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 146-2023 que aprueba el "Código de Ética del Ministerio de Educación".
Según detalle el artículo 1, dicho código establece normas de ética y conducta, mismas que se basan en principios y valores. Por aparte, el artículo 2 hace mención que estas deberán ser cumplidas estricta y obligatoriamente por todos los funcionarios y servidores públicos del Mineduc, esto incluye empleados administrativos y docentes.
Actitudes prohibidas
El artículo 9 del mencionado acuerdo explica cuáles son las actitudes prohibidas en todo nivel, las cuales señalan de "censurables e inadmisibles".
Estas son las prohibiciones:
- Descrédito
- Sindicación falsa
- Irrespeto
- Despotismo
- Descortesía
- Apatía
- Hipocresía
- Discordia
- Vulgaridad y/ o palabras soceces
- Discriminación
- Acoso psicológico
- Mobbing o acoso laboral
- Proselitismo
- Dadivas o sobornos


Principios y valores aceptados
Por aparte, el Artículo 8 del Código de Ética señala cuáles son los principios y valores que los empleados del Ministerio de Educación deben demostrar en todo momento.
Principios:
- Probidad
- Integridad
- Disciplina
- Responsabilidad
- Prudencia
- Imparcialidad
- Decoro
- Compromiso
- Lealtad
- Independencia
- Eficiencia
- Liderazgo

Valores:
- Veracidad
- Justicia
- Solidaridad
- Dignidad
- Servicio
- Honorabilidad
- Iniciativa
- Confianza
- Voluntad
- Trabajo en equipo
- Honradez
- Mérito

Comportamiento
- Respeto
- Sinceridad
- Prontitud
- Cortesía
- Optimismo
- Esmero
- Discreción
- Serenidad
- Proactividad
- Obligación de denunciar

El Acuerdo entrará en vigencia este viernes 20 de enero, es decir, al día siguiente de su publicación en el diario oficial.