El Ministerio Público solicitó el retiro de la inmunidad del diputado de Semilla, Samuel Pérez.
EN CONTEXTO: MP pide retirar la inmunidad de Samuel Pérez, diputado de Semilla
El pasado 27 de octubre, el Ministerio Público (MP), a través de la Fiscalía de Delitos contra operadores de Justicia, presentó una solicitud para el retiro de la inmunidad del diputado Samuel Pérez.
El antejuicio promovido contra el congresista es por el delito de "actividades contra la seguridad interior de la nación", por una publicación realizada en la red social "X", (anteriormente Twitter).
Hasta el momento, Pérez no ha sido notificado y el antejuicio se encuentra en el Organismo Judicial a la espera de que sea elevado al pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes deberán decidir si le dan trámite o no a lo requerido por el MP.
El diputado asegura que esperará a la resolución de la solicitud para exponer la defensa respectiva, aunque, a su criterio, la acción del MP es una persecución propia de un régimen autoritario.
"No hay ningún sentido y hay varios derechos que me permiten expresarme con total libertad. Lo veo como una amenaza que quiere callar cualquier tipo de expresión, no solo por el hecho de ser diputado, sino porque también han perseguido de manera injusta a activistas, periodistas, defensores", dijo Pérez a Soy502.
El tuit de Samuel Pérez
El diputado publicó en redes sociales un comunicado de la Corte de Constitucionalidad con la frase: "Declaratoria de Guerra. La CC manda al Ejército a las calles". Posteriormente, el tuit fue eliminado.
"Cuando lo publiqué se empezó a malinterpretar por el netcenter. Lo borré en ese momento y publiqué otro con una explicación más amplia. Lo borré, porque no se había entendido, no estaba haciendo un llamado a la violencia, estaba dando una postura política", explicó el congresista.
¿Diputados están protegidos por sus opiniones?
El artículo 161 de la Constitución establece que los diputados tienen irresponsabilidad en sus opiniones y, aunque este artículo podría proteger la publicación del congresista, una opinión consultiva de la CC no lo permitiría.
El abogado Edgar Ortíz explicó que la CC, en el expediente 6248-2021, se refirió al alcance de este artículo, que es otro tipo de inmunidad parlamentaria. "La Corte ha resuelto que dicha prerrogativa aplica únicamente cuando los diputados actúan en el ejercicio de sus derechos y funciones de acuerdo con la ley. Esto excluye las opiniones emitidas por los parlamentarios sobre asuntos que no se relacionen con su función".
Según Ortíz, esa opinión genera ambigüedad y está equivocada, ya que la Constitución busca proteger el cargo.