Un profesional explicó cómo se beneficiarían los usuarios de tarjetas de crédito al no capitalizarse los intereses.
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Los beneficios que generaría la Ley de Tarjetas de Crédito ha generado expectativa entre los usuarios de ese medio de pago, sobre todo porque los diputados que la aprobaron aseguran que esta nueva normativa evitará abusos y reducirá las deudas.
Los artículos 11 y 12 hacen referencia a ello, pues prohíben la capitalización de intereses y aplicación de estos a aspectos moratorios, recargos u otros servicios.
El primero de estos apartados establece que los bancos tendrán que ofrecer convenios de pago cuando el tarjetahabiente no cuente con la capacidad de hacer dos o más pagos oportunos. Esto también aplicaría en caso de que el usuario alcanzare el 150% del límite de crédito otorgado.
Es en este punto en el cual se hace la primera prohibición de capitalizar intereses. La norma indica textualmente:
"La tasa de interés para la celebración de convenios de pago será calculada al monto inicial del saldo crediticio, en ningún caso podrá calcularse o fijarse proporcionalmente sobre intereses, mora, recargos u otros servicios o sobre la cantidad adeudada sujeta al convenio de pago".

Sin incrementos exagerados
Entretanto, el artículo 12 establece que los emisores de la tarjeta de crédito podrán pactar con su cliente la tasa de interés aplicable a su línea de crédito. Además, tendrían que notificar con 45 días de anticipación cualquier cambio en ese monto.
Si el tarjetahabiente no estuviera de acuerdo con la modificación, podría solicitar un convenio de pago sobre el saldo que adeude. En este caso, los intereses que se hayan acumulado deberán considerarse parte de la nueva deuda.
En ese apartado, se reitera que "los intereses no podrán capitalizarse de ninguna forma, ni podrán calcularse sobre comisiones y otros cargos".
Para comprender lo que esto implica para alguien que tiene una deuda por tarjeta de crédito, el abogado y profesor universitario Edgar Ortiz Romero compartió un ejemplo, en su cuenta de X (Twitter).
Así se aplicaría
"O sea, si alguien tiene una deuda de Q1,000 a un tipo de interés del 50% anual, al cabo de un año debe Q1,500 (1,000 capital + 500 de intereses)", explicó el profesional.
Para continuar con el ejemplo, indicó que si una persona no ha hecho ningún pago al cabo de dos años, tendría esa deuda de Q1,500 más otro 50 % de intereses.
Según dijo, aplicando la nueva ley, ese 50 % se tendría que sacar del monto que inicialmente se debía, es decir Q1,000. De esa cuenta, subirían otros Q500 a la deuda, para un total de Q2,000, ya que no se podría aplicar otros recargos.
Esto es lo que explicó:


Deudas por tarjeta
Según información de la Superintendencia de Bancos, del 31 de enero de 2023 al 31 de diciembre del mismo año, los guatemaltecos realizaron más de 1,710 millones de transacciones a través de las tarjetas de crédito.
Tales movimientos, entre compras y pagos de servicios, representaron un total de Q28,740 millones.