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Los diputados que votaron a favor y en contra de la Ley que penaliza el aborto

  • Por Marilin Alvarez
09 de marzo de 2022, 12:39
Con un total de 101 votos a favor, el Congreso de la República aprobó la "Ley  para la Protección de la Vida y la Familia". (Foto: Archivo/Soy502) 

Con un total de 101 votos a favor, el Congreso de la República aprobó la "Ley  para la Protección de la Vida y la Familia". (Foto: Archivo/Soy502) 

Un total de 101 diputados aprobó durante la noche del martes 8 de marzo la Ley para la Protección de la vida y la Familia, la cual penaliza el aborto y prohibe el matrimonio entre personas del mismo sexo. 

EN CONTEXTO:  Seis puntos sobre la Ley que penaliza el aborto

El Congreso de la República aprobó la noche de este martes 8 de marzo la "Ley para la Protección de la Vida y la Familia", la cual penaliza el aborto y prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. 

Conforme con el listado oficial, 101 legisladores votaron a favor para que la iniciativa de ley 5272, 8 votaron en contra y 51 congresistas estuvieron ausentes.

Votos a favor:

  1. Aree Alvin Aguilar López, Vamos 
  2. Hellen Magaly Ajcip Canal, Visión con Valores
  3. Felipe Alejos, Todos
  4. Marvin Estuardo Alvarado Morales, Bienestar
  5. Sergio David Arana, Vamos
  6. Antonio Fernando Arenales, Valor
  7. Byron Wilfredo Arreaga, UCN
  8. Mario René Azurdia, Vamos
  9. José Gabriel Barahona, Bien
  10. Esteban Rubén Barrios, Valor
  11. Carlos Roberto Calderón, Vamos
  12. Oto Leonel Callejas, Todos
  13. Alfredo Adolfo Caniz, Todos
  14. Karla Berzaida Cardona, UNE
  15. María Egenia Castellanos, Vamos
  16. Armando Damián Castillo, Visión con Valores
  17. José Inés Castillo, UNE
  18. Napoleón Castillo, UNE
  19. Maynor Estuardo Castillo y Castillo, UCN
  20. Jorge Romeo Castro, Visión con Valores
  21. Sergio Leonid Chacón, Valor
  22. Oscar Stuardo Chinchilla, CREO
  23. Guillermo Alberto Cifuentes, Vamos
  24. Manuel Eduardo Conde, Pan
  25. Greicy Domenica De León, Vamos
  26. José Alejandro De León, Podemos
  27. Sandra Lorena De León, Bien
  28. Gerardín Ariel Díaz, Valor
  29. Edgar Rubén Dubón, Todos
  30. Rubén Misael Escobar, UNE
  31. Boris Roberto España, Todos
  32. Andy Arnoldo Figueroa, UNE
  33. Herbert Salvador Figueroa, Visión con Valores
  34. César Augusto Fión, UNE
  35. José Luis Galindo, Valor
  36. Mario Ernesto Gálvez, UNE
  37. José Arnulfo García,UCN
  38. Cornelio Gonzalo García, Todos
  39. Jorge Adolfo García Silva, Prosperidad Ciudadana
  40. Angel Iván Girón, UNE
  41. Diego Israel González, Vamos
  42. Rudy Wostbeli González, Visión con Valores
  43. Angel Francisco González, UNE
  44. Jeniffer Gabriela Guerra, UNE
  45. Victor Israel Guerra, UNE
  46. Daisy Anayté Guzmán, Vamos
  47. Javier Alfonso Hernández, Convergencia Nacional
  48. Sofía Jeanetth Hernández, UCN
  49.  Olga Marina Juárez, UNE
  50. Julio Francisco Lainfiesta, UCN
  51. Candido Fernando Leal, Vamos
  52. Josué Edmundo Lémus, Vamos
  53. Keven Ivan Ligorría, Convergencia Nacional
  54. Julio César Longo, Convergencia Nacional
  55. Julio César López, UCN
  56. Carlos Enrique López, UNE
  57. Darwin Alberto Lucas, UNE
  58. Jaime Octavio Lucero, UCN
  59. Vasny Adiel Maldonado, UNE
  60. Emilio de Jesús Maldonado, Humanista
  61. Erick Geovany Martínez, UCN
  62. Karla Andrea Martínez, UCN
  63. Duay Antoni Martínez, Vamos
  64. Marleni Lineth Matías, UNE
  65. Nery René Mazariegos, Visión con Valores
  66. Ernesto Omar Mazariegos, UNE
  67. Petrona Mejía, UNE
  68. Maynor Gabriel Mejía, Vamos
  69. Herber Armando Melgar, Convergencia nacional
  70. Carlos Enrique Mencos, UNE
  71. Wilmer Rolando Mendoza, Vamos
  72. Efrain Menendez, Valor
  73. Juan Francisco Mérida, Vamos
  74. Edgar Eduardo Montepeque, Convergencia Nacional
  75. Flavio Valdemar Muñoz, Humanista
  76. Carlos Santiago Nájera, UNE
  77. Martín Nicolás Sagastume, UNE
  78. Merana Esperanza Oliva, UNE
  79. Sandra Carolina Orellana, UCN
  80. Féliz Danilo Palencia, UNE
  81. Rudy Berner Pereira, Convergencia Nacional
  82. Vivian Beatriz Preciado, UCN
  83. Juan Ignacio Quijada, UNE
  84. Aroldo José Ríos, UNE
  85. Juan Ramón Rivas, UNE
  86. José Alberto Rivera, CREO
  87. Shirley Joanna Rodríguez, Vamos 
  88. Hugo Otoniel Rodríguez, CREO
  89. Carlos Napoleón Rojas, UCN
  90. Aníbal Estuardo Rojas, Visión con Valores
  91. Oswaldo Rosales, Valor
  92. Aníbal Estuardo Samayoa, Humanista
  93. Leopoldo Salazar, Valor
  94. Lucrecia Carola Samayoa, UNE
  95. José Alberto Sánchez, Semilla
  96. Luis Fernando Sanchinel, UNE
  97. Sandra Patricia Sandoval, Convergencia Nacional 
  98. Raúl Antonio Solórzano, UNE
  99. Manuel Tzep, UNE
  100. Sabino Sebastián Velásquez, Bien
  101. José Francisco Zamora, Valor

(Foto: Twitter)
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(Foto: Twitter)
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Votos en contra

  1. Román Castellanos Caal, Semilla
  2. Luis Contreras, Creo
  3. Ligia Hernández, Semilla
  4. Lucrecia Hernández Mack, Semilla
  5. Vicenta Jerónimo, MLP
  6. Samuel Pérez Álvarez, Semilla
  7. Luis Pineda Lemus, Semilla
  8. Allan Rodríguez Reyes, FCN

Diputados ausentes

  1. Cristian Rodolfo Álvarez, Creo
  2. Julia Izabel Anshelm-Moller, Independiente
  3. Oscar Arturo Argueta Mayén, UNE
  4. Álvaro Arzú Escobar, Partido Unionista
  5. Carlos Alberto Barreda Taracena, UNE
  6. Edgar Batres Vides, Winaq
  7. Dalio Berreondo Zavala, UNE
  8. Orlando Blanco Lapola, UNE
  9. Gustavo Cruz Montoya, Bien
  10. Héctor Manuel Choc, Independiente
  11. Aldo Dávila, Winaq
  12. Walter Félix, URNG
  13. Samantha Figueroa, UNE
  14. Jairo Flores, UNE
  15. Lilian García, UNE
  16. Julio Ixcamey, UNE
  17. Francisco Lam Ruano, UNE
  18. Edwin Lux, UNE
  19. Ana Lucrecia Marroquín, Valor
  20. José Rubén Martínez Herrera, FCN
  21. Sergio Estuardo Matta, UNE
  22. Rudio Mérida, Humanista
  23. Julio Montano, Unionista
  24. Hernán Morán, Prosperidad Ciudadana
  25. Evelyn Morataya Marroquín, Bien
  26. Karina Paz Rosales, UNE
  27. Osmundo Ponce Serrano, URNG
  28. José Adolfo Quezada, Prosperidad Ciudadana
  29. Thelma Ramírez, UNE
  30. Fidel Reyes Lee, Bien
  31. Edgar Reyes Lee, UNE
  32. Juan Carlos Rivera, Victoria
  33. Douglas Rivero, Humanista
  34. Juan Carlos Rodas, UNE
  35. Pedro Saloj, URNG
  36. Marvin Samayoa, UNE
  37. Mariano Soch Vásquez, UNE
  38. Mario Taracena Díaz-Sol, UNE
  39. José Ubico Aguilar, Todos
  40. Jorge Vargas Morales, UNE
  41. Andrea Villagrán, Bien
  42. Eduardo Zachrisson, PAN
  43. Lazaro Vinicio Zamora, Unionista

Los detalles de la ley


Estos son seis puntos sobre esta polémica ley que genera debate y rechazo en redes sociales:

1. ¿Qué es un aborto?

De acuerdo con el artículo 133 del Código Penal, el aborto es la muerte del embrión, mismo que puede ocurrir en cualquier momento en el que una mujer queda embarazada. 

"Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez", cita el artículo.

(Foto: captura de pantalla)
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La Ley para la Protección de la Vida y la Familia modifica este artículo y deberá quedar de esta forma "Aborto es la muerte natural o provocada del embrión o feto en cualquier fase de su desarrollo, desde la concepción y en cualquier etapa del embarazo, hasta antes del nacimiento". 

(Foto: captura de pantalla)
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2. ¿Qué se penaliza?

Las nuevas modificaciones al Código Penal en los artículos 135, 136, 138, 139, 140 y 141, tras la aprobación de dicha Ley penalizará lo siguiente: 

Aborto procurado: "La mujer que causare su aborto o consistiere que otra persona se lo cause, será sancionada con prisión de cinco a diez años. Si lo hiciere por motivos que, ligados íntimamente a su estado, le produzcan indudable alteración síquica, la sanción será de seis meses a dos años de prisión", señala la nueva reforma del artículo 134. 

(Foto: captura de pantalla)
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Aborto calificado: "Si a consecuencia del aborto consentido o de las maniobras abortivas consentidas, resultare la muerte de la mujer, el responsable será sancionado con prisión de quince a veinticinco años. Si se tratare de aborto o maniobras abortivas efectuados sin consentimiento de la mujer y sobreviviere la muerte de esta, el responsable será sancionado con prisión de veinte a cincuenta años", cita la modificación del artículo 136. 

(Foto: captura de pantalla)
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Aborto preterintencional: "Quien, por actos de violencia ocasionare el aborto, sin propósito de causarlo, pero constándole el estado de embarazo de la ofendida, será sancionado con prisión de seis a doce años. Si los actos de violencia consistieren en lesiones a las que corresponda mayor sanción, se aplicará esta aumentada en una tercera parte", señala el artículo 138 en su modificación.

(Foto: captura de pantalla)
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Tentativa y aborto culposo: "La tentativa de la mujer para causar su propio aborto", se lee en el artículo 139. 

(Foto: captura de pantalla)
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Agravación específica: "El médico que, abusando de su profesión causare el aborto o cooperare en él, será sancionado con las penas señaladas en el artículo 135, con multa de cincuenta mil a doscientos mil quetzales y con inhabilitación para el ejercicio de su profesión de diez a veinte años... Iguales sanciones se aplicarán, en su caso, a los practicantes o personas con título sanitario, sin perjuicio de lo relativo al concurso de delitos", apunta el artículo 140.

(Foto: captura de pantalla)
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Promoción del aborto: "Quien en forma pública o privada, directa o indirectamente, por sí mismo o por conducto de terceras personas, con finalidad lucrativa o no, promueva o facilite medios para la realización del aborto, será sancionado con prisión de seis a diez años y multa de cincuenta mil a cien mil quetzales... Las sanciones anteriores se aumentarán en una tercera parte, si quienes incurrieren en este delito fueren funcionarios o empleados públicos o profesionales de las ciencias médicas, sin perjuicio de lo relativo al concurso de los delitos", señala el BIS del artículo 41.

(Foto: captura de pantalla)
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3. ¿Cuál es la pena? 

La sanción que se les imputará a los responsables dependerá del tipo de aborto o agravión del mismo.

  • Aborto procurado: sanción de seis meses a dos años de prisión.
  • Aborto calificado: prisión de quince a veinticinco años del responsable del aborto y s la mujer muere. Y si el señalado practica el aborto sin consentimiento de la mujer y sobrevive, será sancionado con prisión de veinte a cincuenta años. 
  • Aborto preterintencional: prisión de seis a doce años
  • Tentativa y aborto culposo: sanción de prisión de 2 a 4 años, la mujer que sufra el aborto. 
  • Agravación específica: pena de prisión de seis a doce años; si la mujer lo consintiere, pena de diez a quince años; si obrare con consentimiento de la mujer. Si se hubiere empleado violencia, amenaza o engaño, la pena será de quince a veinticinco años de prisión, además, se le aplicará una multa económica a cualquiera de los tres casos de Q50 mil a Q200 mil. 
  • Promoción del aborto: tendrá una sanción de prisión de seis a diez años y multa de Q100 mil. 

4. ¿Quiénes pueden ser sancionados?

  • La madre con consentimiento del hecho. 
  • Médico que practique el aborto o personal con licencia sanitaria.
  • Terceros que provoquen el aborto con violencia y sin consentimiento de la mujer. 

5. Prohibe matrimonio del mismo sexo

La misma Ley prohíbe el matrimonio entre personas del mismos sexo.  Es decir, que se reforma el artículo 78 del Código Civil  y quedará establecido de la siguiente manera: "El matrimonio es una institución social por la que un hombre y una mujer, así nacidos, se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí.... Se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo", cita la nueva reforma del artículo 78. 

(Foto: captura de pantalla)
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Asimismo, se prohíbe que las entidades educativas promuevan programas relativos a la diversidad sexual. 

"Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”, indica el artículo 15 de dicha Ley. 

(Foto: captura de pantalla)
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6. Obliga a funcionarios

Por otra parte, en el artículo 19 de esta normativa, los funcionarios públicos que representen al Estado de Guatemala en actos generales e internacionales, deberán ser fieles a sus "principios", tal y como los establece la Ley.

"Los funcionarios públicos que representen al Estado de Guatemala en foros, conclaves, cumbres o asambleas generales de los organismos internacionales de los que Guatemala sea parte, deberán observar fielmente los principios y normas establecidas en la presente Ley como posición oficial del Estado de Guatemala en materia de la vida, la familia, la niñez y adolescencia y el matrimonio... Las posiciones o compromisos expresado o adquiridos en contravención a esta disposición serán nulas de pleno derecho, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que serán deducidas al infractor", se lee en el artículo 19. 

(Foto: captura de pantalla)
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