Principales Indicadores Económicos Juegos Olímpicos París 2024

Esto dice la propuesta oficialista que busca reactivar la pena de muerte en Guatemala

  • Por Jessica Gramajo
02 de febrero de 2023, 13:13
La pena de muerte en Guatemala existe pero no se puede aplicar. (Foto: Shutterstock)

La pena de muerte en Guatemala existe pero no se puede aplicar. (Foto: Shutterstock)

La propuesta para reactivar la pena de muerte en Guatemala fue presentada por la presidenta del Congreso, Shirley Rivera y otros diputados aliados.

EN CONTEXTO: Congreso retoma discusión de la pena de muerte

Luego que el presidente Alejandro Giammattei hablara de la pena de muerte en un acto público, la presidenta del Congreso, Shirley Rivera, con el apoyo de varios diputados aliados, presentó una iniciativa de ley para reactivar la pena máxima.

La propuesta fue firmada por Rivera y por los diputados Leopoldo Salazar Samayoa, Herber Melgar Padilla, Javier Hernández, Ángel Gonzáles, Sergio Arana y Douglas Mérida.

¿Qué dice la iniciativa?

La intención es establecer un proceso para que los condenados de muerte puedan aplicar a un recurso de gracia o de indulto, mecanismo que fue derogado en 2004 por el expresidente Alfonso Portillo, dejando así un vacío legal.

En su iniciativa, los diputados oficialistas y aliados argumentan que la Constitución contempla la pena de muerte y reconocen que no se puede aplicar sin el proceso de indulto, por lo que proponen un nuevo mecanismo.

La facultad para el indulto se la regresan al Presidente de la República "en su calidad de Jefe de Estado" y señalan que podrá conocer los casos individuales una sola vez y que con ello se establecerá una "sentencia firme".

pena de muerte, shirley rivera, iniciativa de ley, alejandro giammattei

La solicitud de la pena de gracia deberá hacerse por escrito en un plazo de 30 días contados a partir de la última notificación de la sentencia, sin tomar en cuenta días inhábiles, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Dirigirse al Presidente de la República y Jefe del Organismo Ejecutivo.
  • Indicar los nombres y apellidos de la persona que solicita el indulto, detallando datos personales como su Código Único de Identificación, profesión u oficio, nacionalidad, estado civil, entre otros.
  • Indicar los datos relativos a su existencia y personalidad jurídica.
  • Datos específicos de la sentencia para la indagatoria propia del mandatario.
  • Los motivos o relación de los hechos que a juicio del solicitante motivan el recurso.
  • Lugar y fecha.
  • Firmas del solicitante y de su abogado defensor.

También se faculta al Procurador de los Derechos Humanos para que, de oficio, pueda interponer el recurso a favor del sentenciado y de esa manera "proteger los intereses que le han sido encomendados".

La propuesta también establece un mecanismo para las personas "ignorantes" o que padezcan alguna enfermedad como ceguera, que le obstaculice ejercer su derecho de defensa, a que reciba auxilio por parte de las autoridades del Sistema Penitenciario.

La propuesta establece que el Presidente deberá resolver en un plazo no mayor de 30 días hábiles y, si otorga el indulto, se asumirá la "pena máxima de prisión" señalada en el Código Penal o de sus modificaciones al momento en que se dicte la sentencia. Finalmente, se deberá emitir un Acuerdo Gubernativo para formalizar la decisión.

Descarga aquí la Iniciativa de Ley completa:

Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
cerrar