La familia de Melissa Palacios solicitó verificar las autorizaciones y los informes médicos que respaldan las salidas de prisión de María Fernanda Bonilla, quien guarda prisión preventiva y es la principal sospechosa de la muerte de la universitaria.
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Tras conocerse la noticia del traslado de María Fernanda Bonilla de la prisión hacia un centro asistencial por supuestos quebrantos de salud, la familia de Melissa Palacios, asesinada en julio de 2021, exigió a la Dirección General del Sistema Penitenciario esclarecer las salidas de prisión de la acusada de cometer el crimen.
Los familiares reconocieron el derecho de las personas privadas de libertad a recibir atención médica digna y oportuna, pero exigieron verificar las autorizaciones y los documentos que respaldan cada traslado para evitar privilegios injustificados.
La petición ocurre debido a que tuvieron conocimiento de las salidas de Bonilla del Centro Carcelario Los Jocotes, en Zacapa; supuestamente sin orden judicial previa y con notificaciones posteriores al Organismo Judicial.
También, mencionaron una supuesta asistencia a un funeral en 2024, visitas odontológicas y desplazamientos a centros comerciales de la capital.
Cuestionaron, además, la veracidad de algunos informes médicos que habrían servido para justificar salidas y solicitaron investigar estos señalamientos y establecer responsabilidades administrativas y penales si se comprueban irregularidades.
Evaluación médica y resolución judicial
El oficio 115-2026 de la Clínica Médica del Centro de Detención Matamoros, fechado el 6 de octubre de 2026, consignó que Bonilla tenía antecedentes de litiasis renal y no llevaba controles. El médico solicitó una evaluación forense para que pudiera ser remitida a consulta externa de Urología.
Ese documento, indicó que Bonilla se encontraba clínicamente estable al momento de la evaluación, por lo que el profesional no consideraba viable sugerir una salida de emergencia.
Posteriormente, en una resolución del 8 de octubre, el Tribunal Primero de Sentencia Penal con competencia para conocer procesos de Mayor Riesgo, grupo C, ordenó que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) designara a un médico para evaluar a la acusada.
Asimismo, otorgó a la institución un plazo de 72 horas, contado desde la recepción del oficio, para informar sobre el cumplimiento de lo ordenado.
La resolución también dispuso que, si se producía una emergencia por la gravedad de los padecimientos o por falta de suministros, debía procederse conforme al artículo 8 de la Ley del Régimen Penitenciario y coordinar el traslado a un centro hospitalario de la región, bajo la estricta responsabilidad del director general del Sistema Penitenciario.

El documento establece las condiciones para actuar ante una emergencia, pero por sí solo no acredita las circunstancias del traslado al centro privado mencionado por la familia.
Los familiares reiteraron su petición de revisar cada salida, la documentación médica y el cumplimiento de las medidas judiciales y solicitaron una sentencia conforme a derecho para los dos acusados y la máxima sanción legal si se demuestra su responsabilidad penal.
"No pedimos venganza. Exigimos verdad, transparencia, igualdad ante la ley y justicia", expresó la familia.



