Diez años después de que se presentó la iniciativa, el Congreso aprobó una ley que regula la donación, extracción y trasplante de órganos.
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Guatemala contará con un banco unificado para la disposición de órganos, tejidos y células humanas, pues, con el respaldo de 135 diputados, el Congreso aprobó una nueva ley en la materia.
Esta se convierte en el Decreto 5-2024 y también regula el proceso de donación y extracción; asimismo, se permite que Guatemala pueda recibir del extranjero órganos, tejidos y células para su trasplante, para lo cual deberán suscribirse los respectivos convenios.
Para dar cumplimiento a la ley, se tendrá que crear el Consejo Nacional de Trasplantes, que estará integrado por entidades gubernamentales y un consejo consultivo. Además, se establecerá una unidad específica en el Ministerio de Salud.
Entre los órganos, tejidos y células que podrán donarse y trasplantarse, según la ley, figuran los siguientes:
- Córneas y esclerótica
- Corazón
- Hígado
- Huesos y cartílagos
- Médula ósea
- Páncreas
- Pulmón
- Piel y faneras
- Riñones
- Vasos sanguíneos
Prohibiciones y castigos
Un aspecto destacado de la ley es que se considera donante a quien ofrezca voluntariamente su órgano y no como resultado de una transacción monetaria.
Otro tema contenido en el decreto es el aumento de sanciones por la extracción ilegal y tráfico de órganos, delitos que podrían ser castigados con hasta 30 años de prisión. Asimismo, se podrán investigar casos de muerte cerebral cuando se sospeche la comisión de un crimen.
La norma prohíbe, además, que menores de edad puedan decidir sobre la donación de sus órganos; empero, en caso de muerte, los padres pueden autorizar tal acción.
Otras restricciones incluidas en la normativa son:
- Comercialización y exportación con fines de lucro de órganos, tejidos y células humanas
- Donación por parte de personas que estén inconscientes pero sin demostraciones de muerte cerebral o mujeres embarazadas
- Coacciones hacia una persona para que se convierta en donador
- Extracción de órganos a una persona fallecida, si estando en vida expresó ante un notario no estar de acuerdo con esa práctica
También hay prohibición está dirigida a médicos que hayan diagnosticado la muerte cerebral a un posible donante. En esos casos, los galenos no podrán abordar a los familiares para solicitar la donación. Tampoco se les permitirá formar parte de los equipos de extracción o trasplante.

Una década de lucha
La búsqueda de acuerdos y discusiones para dotar al país de un mejor mecanismo para la donación, extracción y trasplante de órganos, tejidos y células humanas comenzaron en 2008 y seis años después se presentó formalmente una iniciativa de ley.
El proyecto caminó lento en el Congreso de la República, pues fue hasta 2020 cuando logró su aval en tercera lectura, pero se volvió a paralizar. En 2022 se creó una mesa técnica para analizar posibles enmiendas y, de nuevo, quedó guardado.
Fue hasta este 27 de febrero cuando se lograron los acuerdos para darle vida a la normativa, con la cual se actualiza el Decreto 91-96, que anteriormente regulaba este tema.




