El Ministerio de Salud deberá crear una Dirección de Trasplantes como parte de su estructura.
EN CONTEXTO: Congreso aprueba ley que regula el trasplante de órganos
Este martes 2 de abril entra en vigencia la ley que permitirá a Guatemala recibir del extranjero órganos, tejidos y células para su trasplante a pacientes que lo necesiten.
La norma está contenida en el Decreto 5-2024, que fue aprobado por el Congreso a finales de febrero pasado y publicado hace una semana en el diario oficial.
Entre otros aspectos, el documento establece todas las regulaciones para la donación y trasplante de órganos que permitirían salvar la vida de varias personas. Algunos de ellos son:
- Córneas y esclerótica
- Corazón
- Hígado
- Huesos y cartílagos
- Médula ósea
- Páncreas
- Pulmón
- Piel y faneras
- Riñones
- Vasos sanguíneos
Un aspecto destacado de la ley es que considera donante a quien ofrezca voluntariamente su órgano y no como resultado de una transacción monetaria. Asimismo, regula la forma en que se debe dar el consentimiento respectivo.
La norma también prohíbe, que menores de edad puedan decidir sobre la donación de sus órganos; empero, en caso de muerte, se permite a los padres autorizar tal acción.

Castigo por tráfico de órganos
Otro tema contenido en el decreto es el aumento de sanciones por la extracción ilegal y tráfico de órganos, delitos que podrían ser castigados con hasta 30 años de prisión.
"Quien participe en cualquier acto ilegal que conlleve extracción, conservación, suministro, comercio y utilización de órganos, tejidos y/o células humanas, de personas vivas o de cadáveres, será sancionado con prisión de ocho a dieciocho años", reza la ley.
Sin embargo, si tales actos ocurriesen en el marco de las regulaciones establecidas en la normativa, la pena podría ser de entre 18 y 30 años de privación de libertad, sin derecho a fianza.
Anteriormente, la pena para estas acciones ilícitas eran de entre 5 y 10 años de cárcel.

Crearán reglamentos
De acuerdo con lo aprobado por el Legislativo, a partir de la entrada en vigencia de la normativa, el Ministerio de Salud tiene un plazo de ocho meses para crear los reglamentos correspondientes.
Estos deberán ser elaborados por el Consejo Nacional de Trasplantes.