La entrada en vigencia de la Ley de Tarjetas de Crédito se aproxima y ya hay un reglamento.
OTRAS NOTICIAS: Así se tendrá que calcular el pago mínimo de las tarjetas de crédito
Este lunes 27 de mayo se publicó el Reglamento de la Ley de Tarjetas de Crédito, una norma que entrará en vigencia en poco más de tres meses y modificará diversos aspectos del servicio que brindan bancos, empresas y grupos financieros.
Temas como el cálculo del pago mínimo, aprobación de extrafinanciamientos y convenidos de pago, por mencionar algunos, contarán con nuevas regulaciones.
Esto, de acuerdo con diputados que impulsaron la Ley en el Congreso, favorecerá a quienes adquieran el servicio a partir de la citada fecha, "pues se evitarán abusos y cobros escondidos".
También se prevé beneficiar a quienes ya llevan tiempo usando el dinero plástico; no obstante, los plazos para que se modifiquen los criterios, según lo establecido en la normativa y el reglamento, serán diferentes.
Pago mínimo
En el artículo 19 del Reglamento se indica que, a partir del 1 de marzo de 2025, los emisores deberán aplicar un nuevo cálculo para el pago mínimo relacionado con las tarjetas de crédito que fueron emitidas antes de la vigencia de la Ley.
El monto en mención se definirá mediante la sumatoria de los siguientes elementos:
- 2% del saldo pendiente de pago de la línea de crédito a la fecha de corte
- Intereses a la tasa pactada
- Intereses moratorios
- Comisiones y otros cargos convenidos del periodo
- Montos vencidos de los pagos mínimos de los meses anteriores, si los hubiere
Sin embargo, la cantidad no podría ser menor a Q200 o 25 dólares estadounidenses, a menos que el saldo pendiente sea una cifra más baja.
Amortización
Aparte, para fines de la amortización del capital vigente, en los citados casos se tendría que aplicar, como mínimo, la gradualidad siguiente:
- Del 1 de marzo al 31 de agosto de 2025, un factor de 1% al saldo pendiente a la fecha de corte
- Del 1 de septiembre de 2025 al 28 de febrero de 2026, un factor del 1.5% al saldo pendiente a la fecha de corte
- A partir del 1 de marzo de 2026, un factor del 2% al saldo pendiente a la fecha de corte
Extrafinanciamientos
El Reglamento también estipula cómo tendrían que proceder los emisores de tarjetas de crédito, a partir del 1 de septiembre de 2024, en los trámites de extrafinanciamientos.
"Los emisores supervisados no podrán cargar a la línea principal de la tarjeta de crédito, el capital, los intereses a la tasa pactada, los intereses moratorios, las comisiones y, otros cargos convenidos", se lee en el documento.
Esto también aplicaría a los montos vencidos de los pagos de capital de los meses anteriores, si los hubiere.