La SAT confirmó que el plazo para pagar el impuesto de circulación vence este 31 de julio, pues la prórroga aprobada por el Congreso aún no entra en vigor.
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Aunque el Congreso aprobó una prórroga para el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, la medida todavía no puede aplicarse.
La reforma continúa en el proceso para convertirse en ley; mientras la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) confirmó que, por ahora, sigue vigente el plazo hasta el 31 de julio según la legislación actual.
La SAT explicó que continúa aplicando el Decreto 70-94, debido a que el decreto aprobado por el Congreso aún no ha entrado en vigor.

Añadió que será hasta después de su publicación en el diario oficial cuando pueda realizar los ajustes necesarios en sus sistemas para implementar la nueva disposición.
"Se está aplicando la normativa vigente (Decreto 70-94) debido a que lo recientemente dispuesto por el Congreso aún no ha cobrado vigencia (1 después de su publicación en el diario oficial)", detalló la SAT.
¿Qué pasa si no pago este 31 de julio?
El diputado Ronald Portillo, presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y el Usuario del Congreso, explicó que el decreto establece que las multas e intereses por el atraso en el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos quedarían exonerados desde el 1 de agosto hasta que la reforma entre en vigor.
Asimismo, plantea que el nuevo plazo para cumplir con este impuesto sea el último día hábil de diciembre de 2026.

Además, explicó que en caso de que el presidente decidiera no sancionar la ley, el Congreso cuenta con la posibilidad de ordenar su publicación por medio de la primacía legislativa, al haber sido aprobada de urgencia nacional con el respaldo de más de 107 diputados.
Según explicó, el propósito de la reforma es dar un respiro económico a los guatemaltecos y evitar que quienes no logren pagar dentro del plazo actual acumulen nuevas cargas financieras.
Agregó que cada una de estas etapas podría tomar entre cinco y diez días y la reforma podría cobrar vigencia en aproximadamente tres semanas.

Además, enfatizó que la prórroga únicamente será aplicable cuando el decreto sea sancionado y publicado oficialmente.




