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¿Se puede "apartar" parqueo colocando objetos en la vía pública?

  • Por Andrea Llamas
28 de febrero de 2024, 10:11
Esto dicen autoridades sobre el fenómeno de señalizar con objetos un tipo de parqueos restringiendo el paso de conductores. (Foto: captura de pantalla)

Esto dicen autoridades sobre el fenómeno de señalizar con objetos un tipo de parqueos restringiendo el paso de conductores. (Foto: captura de pantalla)

Esto dicen autoridades sobre el fenómeno de señalizar con objetos espacios para parqueos en vía pública, restringiendo el paso de conductores.

EN CONTEXTO: Apartaban parqueo con conos, tapaban un carril y esto sucedió

Una internauta evidenció la forma en que se colocaban conos frente a una residencia, a manera de señalizar espacios de estacionamiento para vehículos, sin importar que taparan el paso de autos en uno de los carriles de la calle. 

Internautas reaccionaron con todo tipo de comentarios. Muchos de ellos aseguran que se trata de un fenómeno muy común en las calles de la ciudad, y que perjudica la fluida movilización de vehículos. 

Esto dicen autoridades

Amílcar Montejo, director de comunicación de Emetra, detalló que todo surge a partir de que varias personas creen que son dueñas de las calles frente a sus residencias. 

"Allí es de uso público y se puede hacer uso del espacio dentro de las normas establecidas (...) La acera, la banqueta y el carril frente a la casa, no es propiedad privada y por ello los agentes profesionales PMT recogen obstáculos y materiales que obstruyen las vías", explicó. 

(Foto: @mildred1806)
(Foto: @mildred1806)

Agregó que en este caso en particular, se tomaron acciones para retirar los conos que obstruían el paso por el lugar. "Según la persona que atendió, dijo que era alguien ajeno a su casa que cometía estas maniobras, por lo cual se seguirá manteniendo la supervisión", contó. 

¿Se multa dicha acción?

Montejo detalló que no existe facultad legal para emitir una sanción a peatones que ubiquen objetos en la calle y restrinjan el paso. 

Por su parte, la Ley de Tránsito explica en su artículo 183, numeral 9, que corresponde una multa de Q400 por instalar objetos o cosas similares, que sean o parezcan señales de tránsito. 

Sin embargo, la autoridad especificó a Soy502 que esta medida es aplicable cuando la acción se realiza desde un vehículo. 

Sobre estacionarse frente a dicha residencia, Montejo explicó que los artículos 152 y 153 establecen prohibiciones para estacionamiento en portones y bloquear vías para personas con discapacidad.

(Foto: Ley de Tránsito)
(Foto: Ley de Tránsito)

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