La inscripción de bebés en Guatemala garantiza su identidad desde el nacimiento. Aquí te contamos los requisitos y plazos para este trámite.
LEE TAMBIÉN: Requisitos para solicitar servicio de agua potable en Panajachel
Tener un nombre, apellidos y nacionalidad desde el nacimiento es un derecho fundamental para todos los guatemaltecos.
Este se garantiza a través de la inscripción de los recién nacidos, trámite que permite asignarles el Código Único de Identidad (CUI), un número que los acompañará durante toda su vida y que resulta indispensable para acceder a servicios básicos, educación, salud y otros derechos ciudadanos.

Las familias pueden realizar este proceso en más de 340 oficinas distribuidas en todo el país. Uno de los aspectos que más beneficia a los padres es que no es necesario llevar al bebé y que la inscripción es gratuita, siempre que se realice dentro de los plazos establecidos por la ley.
Para llevar a cabo el trámite, se requiere un informe de nacimiento emitido por la comadrona, médico o bomberos que atendieron el parto.

En el caso de padres casados, basta con la presencia de uno de ellos y el Documento Personal de Identificación (DPI) de ambos. Si los padres no están casados, deben acudir los dos con su DPI o únicamente la madre, según corresponda.
Existen tres formas de realizar la inscripción: la oportuna, dentro de los primeros tres días hábiles después del nacimiento, sin costo alguno; la ordinaria, que puede hacerse en los siguientes 60 días hábiles, también gratuita; y la extemporánea, cuando se excede ese plazo y es necesario pagar una multa de Q25.

De esta manera, las madres y padres cuentan con varias alternativas para garantizar que sus hijos e hijas cuenten con identidad desde los primeros días de vida, un paso esencial que les permitirá desarrollarse plenamente como ciudadanos guatemaltecos.




