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Autoridades paralizan actividades en San Martín Jilotepeque, Chimaltenango

  • Por Gustavo E. Méndez
08 de julio de 2021, 16:41
Autoridades del COE y de la Municipalidad de San Martín Jilotepeque impusieron un cordón sanitario. (Foto: captura video) 

Autoridades del COE y de la Municipalidad de San Martín Jilotepeque impusieron un cordón sanitario. (Foto: captura video) 

Autoridades de San Martín Jilotepeque, Chimaltenango, prohibieron actividades comerciales como prevención por el aumento de casos de Covid-19.

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San Martín Jilotepeque, municipio de Chimaltenango, estableció un cordón sanitario a partir de este jueves 8 de julio y paralizó sus actividades para prevenir casos de Covid-19. 

La medida fue establecida por el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) en conjunto con las autoridades municipales, quienes dispusieron el cierre de este jueves 8 al domingo 11 de julio. 

 

Las medidas en San Martín Jilotepeque

Las medidas incluyen el cierre de comercios, no se permitirá actividad en los mercados y hay prohibición del ingreso de personas ajenas al municipio. 

Las actividades permitidas son farmacias, distribución de gas propano a viviendas, agua potable y alimentos a domicilio. 

Comerciantes del mercado municipal dijeron que atenderán con un horario para garantizar ventas de insumos básicos desde las 5:00 a las 14:00 horas. 

En recorridos realizados por la Municipalidad de la localidad se observa que la mayoría de locales están cerrados. 

En la última actualización del Semáforo de Covid-19 del Ministerio de Salud, que data del 24 de junio, se estableció que en ese municipio se han registrado 19 casos de una población de 93 mil habitantes. El color de alerta es anaranjado. Sin embargo, señalan que en los últimos días la situación se salió de control y son casi 100 casos activos.

¿Qué es un cordón sanitario? 

Un cordón sanitario forma parte de una serie de medidas de prevención y control de enfermedades epidemiológicas. La Real Academia Española define esto como una línea establecida para impedir el acceso a personas o mercancías por razones de enfermedad a determinado territorio. 

En Guatemala, un cordón sanitario puede ser instalado por las autoridades de gobierno por medio de un estado de prevención o por autoridades municipales de acuerdo con las facultades que les otorga el Código Municipal. 

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Estos cordones se aplican luego de un análisis situacional de varias instituciones entre ellas se encuentran la Municipalidad del lugar donde se instalará la medida, la Policía Nacional Civil (PNC), las autoridades sanitarias, la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. 

Y los mismos responden a diferentes etapas de la enfermedad epidemiológica desde la contención del virus, control o eliminación. 

Estos cordones se aplican en diferentes partes del mundo según la Organización Mundial de la Salud y van acompañados por cuarentenas o aislamientos.  

Las medidas en este municipio 

  • La suspensión de todas las actividades en el municipio, confinamiento en las casas de habitación.

  • Suspensión de la movilidad en todo el municipio.

  • Suspensión del ingreso de personas que no son del municipio

  • Cierre total de las actividades comerciales y financieras, incluidos mercados, bancos e instituciones financieras.

  • No obstante, se permitirá el abastecimiento domiciliar de alimentos, medicinas y productos de primera necesidad.

La Cámara de Comercio reacciona

En un comunicado, la Cámara de Comercio de Guatemala rechazó las disposiciones emitidas por varias municipalidades, las que, según dicen “violan los derechos constitucionales”.

“Estas medidas son violatorias de los derechos constitucionales de libertad de acción, libertad de locomoción, industria, comercio y trabajo”, manifestó la Cámara en el comunicado. Además, la Cámara señala que todas estas medidas deben emitirse bajo un “marco jurídico vigente y apegado a derecho”.

“Hacemos un llamado a no provocar pánico y tomar decisiones y acciones que exceden sus facultades legales en violación de los derechos de los ciudadanos”, se lee en el documento.

Camara de comercio, San Martín Jilotepeque

Amparados en ley

Soy502 consultó sobre el tema a la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM). Esta institución argumentó que la autonomía de cada municipalidad les permite tomar medidas como estas, para proteger la salud de los habitantes.

Además, el Código Municipal establece que ninguna ley o disposición legal podrá contrariar o disminuir la autonomía municipal en cuanto a las decisiones en beneficio de sus habitantes.

En ese sentido, la Municipalidad de San Martín Jilotepeque explicó que la decisión fue consensuada con autoridades locales, y miembros del COE, quienes vieron un aumento de casos de Covid-19 en la comunidad.

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Además, expresaron que, aunque no existiera un cordón sanitario, las municipalidades tienen facultad de implementar cierres temporales en bares, discotecas o cancelar reuniones de más de 10 personas y también emitir sanciones administrativas contra estos locales.

Según la ANAM, ante la falta de una medida general impulsada por el gobierno, las alcaldías pueden basar estas acciones preventivas del Covid-19 en el Código Penal.

Además, la comuna de San Martín Jilotepeque explicó que también se basaron en el artículo 305, que establece que quien infrinja las medidas impuestas por las autoridades para impedir la propagación de una epidemia, serán sancionados con prisión de seis meses a dos años de cárcel.

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