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La advertencia de la Corte de Constitucionalidad al juez Fredy Orellana

  • Por Dulce Rivera
29 de octubre de 2025, 17:41
La CC advirtió al juez Fredy Orellana que se abstenga de emitir resoluciones que contravengan la Constitución. (Foto: Soy502/archivo)

La CC advirtió al juez Fredy Orellana que se abstenga de emitir resoluciones que contravengan la Constitución. (Foto: Soy502/archivo)

La CC emitió una resolución en la que deja sin efecto los oficios emitidos por el Juez Fredy Orellana. Además, le advierte que se abstenga de contravenir las disposiciones Constitucionales. 

EN CONTEXTO: CC deja sin efecto resolución y advierte al juez Fredy Orellana

En el análisis que realizó la Corte de Constitucionalidad (CC),  para dar con lugar la solicitud de asistencia para la debida ejecución, los magistrados señalaron varias actitudes del juez Fredy Orellana. 

En un apartado, incluso, mencionan el delito de prevaricato y le advierten que se abstenga de emitir resoluciones contrarias a la ley.  En un primer apartado, mencionan que las actuaciones de Orellana pone en riesgo la institucionalidad del pais. 

"En ese sentido, esta Corte, como defensora del orden constitucional, y con el fin de hacer prevalecer el Estado de Derecho y la democracia, estima que las actuaciones del Juez "A" del Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala podrían considerarse que conllevan riesgo a la constitucionalidad y a la institucionalidad del país, (...) específicamente en cuanto a que "las acciones de todo funcionario deben estar orientadas a reforzar el Estado Constitucional de Derecho, el respeto a la Constitución, y la protección de la democracia, garantizando siempre un equilibrio entre los distintos poderes y funciones del Estado", se lee en el texto.

Luego, los magistrados de la CC hacen referencia que el juez no puede dictar una "nulidad absoluta por orden judicial". 

"Esta Corte hizo relación a que se puede dictar, según sea el caso, la suspensión o la cancelación de una organización política, sin aludir la "nulidad absoluta por orden judicial" ello porque esta no está prevista en la normativa ordinaria penal, lo que implica que tal acción y decisión excede de la competencia del referido el Juez "A" del Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala", se lee. 

La CC también señala que lo dispuesto por el juez amenaza la democracia del país y por ello lo deja sin efecto. 

"Siendo que esta Corte llegó a la conclusión en el considerando anterior que lo dispuesto por el Juez, constituyen actos que amenazan los derechos a elegir y ser electo, a la democracia, a la soberanía popular y al sistema democrático y republicano consagrado en la Constitución, por lo que, en aras de salvaguardar el orden constitucional y el Estado Constitucional de Derecho en Guatemala, y del cumplimiento de su función propia de garante de la defensa constitucional". 

El delito de prevaricato 

En otro apartado, la CC hace referencia al delito de prevaricato y es cuando advierte al juez que se abstenga de emitir resoluciones que contravengan la Constitución. 

"La anterior acotación es pertinente, debido a que el delito de Prevaricato hace referencia a las "resoluciones que sean contrarias a la ley", por lo que estas deberían ser emitidas dentro de un marco de legalidad de acuerdo con las leyes ordinarias aplicables y la Constitución Política de la República de Guatemala. En ese sentido, este Tribunal advierte al Juez "A" del Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, para que en sus decisiones se abstenga de contravenir las disposiciones Constitucionales, o legales en especial aquellas normas sobre las que descansa el sistema electoral democrático, republicano, representativo del Estado, ello tomando en consideración que actualmente lo resultados del proceso electoral son inalterables". 

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