Estas son las sanciones y multas que puedes adquirir si no cumples con la Ley de Tránsito de Guatemala.
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En la vía pública, constantemente se instalan puestos de registro y control de la Policía Municipal de Tránsito (PMT), con el fin de validar que los conductores cumplan con la normativa de la Ley de Tránsito de Guatemala.
Pero, muchos conductores salen a las calles sin portar los papeles necesarios.
¿Qué pasa si no llevas tu licencia de conducir?
Según el Artículo 22 del Reglamento de Tránsito, todo conductor debe portar una licencia vigente mientras esté al mando de un vehículo.
● Si conduces sin tener licencia, el artículo 183, numeral 1, indica una multa de Q400.
● Y si la licencia está vencida, el artículo 182, numeral 1, fija una multa de Q300, además de que, según el artículo 175, inciso b, se debe consignar y enviar al juzgado.

¿Qué pasa si no porto la tarjeta de circulación?
El Reglamento de Tránsito exige que todo vehículo cuente con tarjeta de circulación y calcomanía vigentes, según el artículo 10 y la reforma en el artículo 18 bis.
Este artículo detalla que si no tienes esta documentación al día, el agente puede retener tu vehículo y consignarlo al predio municipal hasta comprobar su legalidad, según el artículo 176, inciso f.
Además de cubrir los costos de traslado y resguardo, deberás pagar una multa de Q500, conforme al artículo 184, numeral 2.
¿Y si no tengo placas?
Este punto también está regulado por el artículo 10 y el artículo 18 bis, pero vale subrayar que el artículo 184, numeral 1, impone una multa de Q500.
En estos casos, el vehículo también puede ser consignado.
La educación vial es clave
Según informes de la Asociación de Prevención y Atención de la Seguridad Integral en el tránsito (Apasit), Guatemala posee un mismo índice de muertes ocasionadas por arma de fuego y personas accidentadas en la vía pública.
Ya que un vehículo o moto se consideran como armas de muerte ambulantes al no tener la precaución y el cumplimiento de la Ley de Tránsito de Guatemala.




