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¿Cuál es el problema que originó la anulación de Semilla?

  • Por Jessica Osorio
26 de octubre de 2025, 16:56
Diputados electos por Semilla en 2023, ahora identificados como independientes. "Foto: Archivo/Soy502)

Diputados electos por Semilla en 2023, ahora identificados como independientes. "Foto: Archivo/Soy502)

En las últimas horas, una resolución emitida por el juez Orellana puso contra las cuerdas a quienes resultaron electos por el Movimiento Semilla.

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Luego de que el juez Fredy Orellana solicitara al Congreso de la República y Tribunal Supremo Electoral (TSE) desconocer a los funcionarios electos por el Movimiento Semilla, varios analistas recordaron cómo inició el caso que ahora pone en jaque a la administración de Bernardo Arévalo.

En la resolución del juez, se solicita "la nulidad absoluta por orden judicial de la inscripción del comité pro formación del Partido Político Movimiento Semilla y del Partido Político Movimiento Semilla".

En virtud de lo anterior, dos abogados accionaron ante la Corte de Constitucionalidad (CC) para solicitar que se acate una sentencia emitida por dicho organismo en septiembre de 2023, en la cual se ordena respetar los resultados de las elecciones de 2023. 

Los abogados Edgar Ortiz y Gregorio Saavedra, accionan ante la CC el pasado 25 de octubre. (Foto: Cortesía/Soy502)
Los abogados Edgar Ortiz y Gregorio Saavedra, accionan ante la CC el pasado 25 de octubre. (Foto: Cortesía/Soy502)

De acuerdo con la cronología de los hechos, consignada en la sentencia, tras las elecciones generales celebradas el 25 de junio de 2023, el 12 de julio de ese año, la Fiscalía Contra la Impunidad (FECI), comunicó una orden judicial de suspensión de la personalidad de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla.

Sin embargo, pese a la orden emitida, el TSE no la ejecuta debido a que el proceso electoral aún estaba en curso y además, el 13 de julio, la CC otorgó un amparo preventivo a Semilla e indicó que la resolución judicial no afectaba el proceso electoral.

Nueve días después de la segunda vuelta electoral, celebrada el 20 de agosto del año en mención, el Registro de Ciudadanos suspendió la personalidad jurídica del Movimiento Semilla, con el argumento de que la organización política no alcanzó el número mínimo de afiliados requerido por la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) para constituirse como partido.

Bernardo Arévalo y Karin Herrera fueron electos como Presidente y Vicepresidenta el 20 de agosto de 2023. (Foto: Archivo/Soy502)
Bernardo Arévalo y Karin Herrera fueron electos como Presidente y Vicepresidenta el 20 de agosto de 2023. (Foto: Archivo/Soy502)

Según el informe oficial, en ese momento se necesitaban 22,671 afiliados válidos para cumplir con el requisito legal. Sin embargo, la agrupación presentó 25,111 firmas como respaldo de supuestos afiliados.

Tras una verificación realizada por el TSE, 8,121 registros fueron descartados por inconsistencias, entre ellas nombres de personas fallecidas, duplicaciones e información no coincidente. Esto dejó únicamente 16,990 afiliados válidos, es decir, 5,681 menos del mínimo exigido por la ley.

El artículo 59 de la LEPP establece que uno de los requisitos es consignar el número de empadronamiento, pero el MP alegó que los registros presentados no cumplía con este requisito.

El 31 de agosto de ese año, la Junta Directiva del Congreso desconoció a los diputados de Semilla como bancada, situación que fue calificada por el entonces presidente electo, Bernardo Arévalo, como "un plan para romper el orden constitucional. Además, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), expresó su preocupación ante lo que, consideró, era una judicialización del proceso.

Sin embargo, el 3 de septiembre de 2023, el TSE suspendió de manera temporal la orden de suspensión emitida contra Semilla y lo restituye como bancada y dos días después, entrega las credenciales a Arévalo y Karin Herrera como binomio electo.

Durante el resto del mes, la FECI allana las instalaciones del TSE y el MP decomisa documentos originales de las actas electorales. 

Allanamientos en el edificio central del TSE ocurrido a finales de septiembre de 2023. (Foto: Archivo/Soy502)
Allanamientos en el edificio central del TSE ocurrido a finales de septiembre de 2023. (Foto: Archivo/Soy502)

El 6 de octubre, se otorga el amparo provisional y se ordena a las autoridades preservar el régimen democrático y alternabilidad en el poder y, el 14 de diciembre, la CC ordenó que se respetara el proceso electoral y conminó al Congreso y su Junta Directiva, para "garantizar la efectiva toma de posesión de todo funcionario electo en el proceso electoral de 2023".

Extracto de la sentencia emitida el 14 de diciembre de 2023 por la Corte de Constitucionalidad, contenida en el expediente 6175-2023. (Foto: captura de pantalla/Soy502)
Extracto de la sentencia emitida el 14 de diciembre de 2023 por la Corte de Constitucionalidad, contenida en el expediente 6175-2023. (Foto: captura de pantalla/Soy502)

"Este amparo se interpuso el 6 de octubre de 2023, en respuesta a la amenaza de desobediencia a la voluntad popular, manifestada en las elecciones", explicó el abogado Ortiz, quien remarcó que la Corte disipó cualquier duda al afirmar que, aunque el MP tiene la facultad de llevar a cabo investigaciones penales, estas "no pueden tener el alcance de impedir la respectiva finalización y efectos del proceso electoral".

Por aparte, el abogado Diego Sagastume Vidaurre, describió que en su momento, la sentencia del 14 de diciembre de 2023, abordó un tema sobre respetar los resultados de la segunda vuelta electoral.

"Sin embargo, hay un considerando que indica, que todo quedara sujeto a la investigación y el resultado de lo que el MP lograra probar en juicios, pero con la salvedad de que sí había delitos, eso ya es otra cosa", indicó.

Extracto de la sentencia 6175-2023, que habla sobre el alcance de la investigación penal. (Foto: captura de pantalla/Soy502)
Extracto de la sentencia 6175-2023, que habla sobre el alcance de la investigación penal. (Foto: captura de pantalla/Soy502)

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